Nuevo reemplazo de las CTA: Las SAS

derecho de los trabajadores

ACTUALIZACIÓN AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019: Las prohibiciones de intermediación laboral de cualquier tipo quedaron prohibidas definitivamente en Colombia por cuenta del artículo 2 del Decreto 2025 de 2011 y con los artículo 2.2.8.1.42 y 2.2.8.1.43 del Decreto 1072 de 2015. No obstante, lo que hacen los empleadores ahora es contratar empleados por periodos de tres meses… Hecha la ley, hecha la trampa.

El Plan Nacional de Desarrollo cierra de tajo la contratación laboral a través de las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA), la cual se presta para muchos fraudes y abusos por parte de empleadores inescrupulosos que utilizan esta útil y noble figura para ahorrarse unos pesos a costa del bienestar de los empleados, que son el motor de la empresa. (a menos que el empleador sea un pulpo gigante que pueda hacer varias cosas a la vez por su cuenta).

Desde el pasado 16 de Junio este nuevo plan de desarrollo (Ley 1450 de 2011) establece una serie de sancione para aquellos empleadores que contraten a sus empleados a través de CTAs, la cual es una medida que, personalmente, celebro.

Sin embargo, como dice el dicho, hecha la regla hecha la trampa: Ahora las empresas están creando SAS en reemplazo de sus CTA.

La figura consiste en crear un servicio de intermediación laboral (permitido en el Código Sustantivo del Trabajo y en la Ley 50 de 1990 como ETS) a través de esta forma societaria, que es la más flexible jamás creada en el país, de modo que el empleador “contrata” su personal a través de la SAS y se ahorra mucho dinero en nómina al no tener que pagar parafiscales ni otras prestaciones sociales a sus empleados.

Lo que no saben estos avivatos, es que la Ley 1429 de 2010 prohibió cualquier forma de contratación irregular como esta, so pena de multa de hasta 5 mil salarios mínimos, sin contar con que las ETS (empresas de servicio temporal) están muy reguladas por la Ley 50 de 1990.

Pero por qué hay empleadores que se arriesgan a contratar a sus empleados de esta manera?. En mi opinión, esto ocurre porque los empleados no denuncian, y aun denunciando, se exponen a ser despedidos o a que su denuncia caiga en la burocracia del Ministerio de Protección social.

Acabar con esta modalidad fraudulenta para contratar empleados es muy fácil, pero mientras el estado no dote de más recursos a los organismos encargados de controlar y sancionar a las empresas que hagan esto, esto nunca se acabará.

Recuerde que las únicas entidades autorizadas por la ley para prestar servicios de intermediación laboral son las empresas de servicios temporales, en los términos del artículo 71 y subsiguientes de la Ley 50 de 1990.

3 respuestas a “Nuevo reemplazo de las CTA: Las SAS”

  1. Soy medico general hasta la fecha estoy contratado por CTA, me gustaria saber que puedo hacer en este caso. Ademas realizo turnos en un hospital donde La CTA cambio a ser sindicato de medicos generales una figura que realiza los mismos parametros de contratacion que manejaba la CTA nada ha cambiado megustaria saber que podemos hacer en este caso.

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