¿Por qué son tan costosas las asesorías jurídicas?

balanza de la justicia

En muchas ocasiones, y debido quizá a la cultura del país en el cual vivimos, muchos abogados se ven enfrentados a clientes que cuestionan sus tarifas legales, en especial las tarifas referentes a la asesoría que el abogado les brinda. Por ello es necesario hacer precisión sobre el alcance de este término y explicar al público el motivo por el cual los abogados solemos cobrar por estas asesorías y por qué algunos cobran mas que otros.

LEA: ¿Cómo cobra un abogado en Colombia?

1. Qué es una asesoría jurídica?: Se entiende por asesoría, o consultoría jurídica, el acompañamiento legal en cualquiera de las ramas del derecho existentes cuya finalidad es ayudar al cliente a resolver dudas y asuntos que están más allá de su comprensión desde un punto de vista jurídico, bien sea por falta de conocimiento del derecho o por tener mayor certeza frente a un ordenamiento jurídico tan cambiante como el colombiano.

2. Qué me ofrecen en una asesoría jurídica?: El abogado le ofrece a usted su conocimiento en determinada área con el fin de que usted pueda resolver sus problemas legales (por ejemplo, qué tipo de sociedad comercial me conviene mas, o cómo podría enfrentar mejor a mis acreedores). El abogado tiene la obligación de brindarle el acompañamiento legal hasta que usted encuentre la solución que más le convenga.

cobro honorarios abogados colombia

3. Qué no se considera una asesoría jurídica?: Esto es muy importante, porque algunos abogados cobran hasta por responder con un si o un no. Lo que no se considera como asesoría jurídica son las indicaciones para realizar trámites notariales (que por cierto, están en Internet), la mera respuesta a dudas académicas o definición de conceptos jurídicos (por ejemplo, que usted le pregunte a un abogado qué es «notificación» o «demanda»), y la redacción de contratos y demandas (de hecho, la redacción de demandas hacen parte de la representación legal)

4. Por qué algunos abogados cobran mas que otros, e incluso, unos cobran gratis? La mayoría de abogados cobra más caro por asesoría porque se han especializado en determinad asunto en especial, y por ende, están mejor capacitados para brindarle acompañamiento legal . Otros lo hacen porque brindan servicios complementarios que le permiten ser mas competitivos, como una mejor oficina o un equipo de trabajo más numeroso .

En cuanto a las asesorías gratuitas, como ya he explicado en este blog muchos abogados recurren a esta estrategia como un “gancho” para obtener mas clientes a los cuales les ofrece la solución mas costosa y que sólo lo beneficia a él, ya que él va a cobrar por el acompañamiento legal en dicha solución (por ejemplo, ofrecer un proceso judicial omitiendo los métodos alternativos de solución de conflictos)

16 respuestas a “¿Por qué son tan costosas las asesorías jurídicas?”

  1. buenas noches mi consulta es la siguiente:quiero vender mi casa a un hermano de forma directa pero la casa tiene una deuda en el banco de 2 años puedo traspasar la deuda a mi hermano.¿ y cuales son los pasos que debo seguir como para en pesar los tramites por favor necesito su ayuda.y cuales son los documentos al ser de forma directa.?

    Me gusta

  2. Buenas tardes mi pregunta es la siguiente :

    Yo gano el minimo basico por parte de la empresa y por realizar otros servicios la empresa me paga 1300.000 a partir de este año 2013. Me estan pidiendo un certificado de ingresos y retenciones del 2012. quien lo expide? y a partir de que monto deben exigir este certificado?

    Me gusta

  3. Hola doctor mi problema esque yo envie un derecho de peticion al icetex solicitando el sucidio de sostenimiento que el gobierno da a las persona que pertenecen al nivel 1 y 2 del sisben. El credito fue aprobado en el 2009 por tanto yo requiero de este apoyo para algunos gastos que tengo con la universidad. Gracias por su atencion que dios lo vendiga

    Me gusta

  4. Buenas noches trabajo en la policia nacional desde el 2006,afilie al sistema de salud de la policia nacional a mi señora madre en julio del 2007,en el mes de abril del 2009 nacio mi 1er hijo el cual su progenitora lo afilio a solsalud eps.
    el año pasado en el mes de julio solicited al director de la policia le fuera pagado y reconocido el subsidio familiar y anexe copia del registro civil de mi hijo.y deje constancia q el menor se encontraba afiliado a solsalud por parte de su progenitora
    en agosto del año pasado me notifican en la direccion de sanidad q mi señora madre sale del sistema de salud de la policia ya q habia perdido los derechos desde abril del 2009 por el nacimiento del menor samuel felipe o sea mi hijo.
    y me estan cobrando los servicios medicos prestados q utilizo mi mama desde abril del 2009 hasta agosto del 2012 y la factura a cancelar esta por un monto de 11.500.000 mil pesos si bien es cierto la progenitora del menor es libre de escojer la eps q mejor le convenga para su hijo lo segundo nunca hubo doble afiliacion y tampoco hubo un detrimento entonces porq la direccion de sanidad de la policia nacional me esta cobrando esta factura.
    agradezco la atencion prestada.

    Me gusta

    • Diego, revisando el Decreto 1795 de 2000 y la Ley 352 de 1997, encuentro lo siguiente:

      1. Su señora madre sólo podría estar afiliada siempre que usted no tuviera hijos.
      2. Usted debió reportar el nacimiento de su hijo a la Disan apenas nació.
      3. No obstante, usted no está obligado a afiliar a su menor hijo a la Disan y el sistema le da total libertad de escoger lo que mejor le convenga.

      Sin embargo, también hay un artículo que lo puede favorecer, y es este:

      Parágrafo 4 del artículo 24 del Decreto 1795 de 2000: PARAGRAFO 4o. No se admitirá como beneficiarios del SSMP a los cotizantes de cualquier otro régimen de salud.

      El parágrafo 1 del artículo 25 del mismo decreto: PARAGRAFO 1o. Cuando los afiliados y beneficiarios del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y Policía Nacional no utilicen los servicios médico asistenciales, el SSMP quedará exonerado de toda responsabilidad y no cubrirá cuenta alguna por concepto de servicios sustitutivos de los anteriores. Se exceptúan de esta norma los casos de atención inicial de urgencias.

      En menor, medida, el parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 352 de 1997: PARÁGRAFO 1o. Cuando un afiliado por razones laborales llegue a pertenecer simultáneamente al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al SSMP, podrá solicitar la suspensión temporal de su afiliación, cotización y utilización de los servicios del SSMP. No obstante podrá modificar su decisión en cualquier tiempo.

      En resumen: ellos están cobrando esa factura porque asumen que al haber nacido su hijo entonces usted debió de afiliarlo a la Disan, lo cual es una exigencia disparatada si el niño está afiliado a una EPS del sistema de seguridad social para los civiles. En este caso, lo que usted debe de hacer es recurrir el Acto Administrativo por el cual le están exigiendo dicho dinero, ya que como usted bien lo dice jamás hubo detrimento patrimonial (comenzando porque usted advirtió que estaba afiliado a Solsalud EPS) y de los artículos citados se desprende que usted ni estaba obligado a afiliar a a su hijo, ni mucho menos está obligado a pagar dineros por causas que la Disan nunca asumió

      Me gusta

  5. Dr. Muñoz. Tengo una obligacion de libre inversion con un banco, como estoy desempleado les estoy haciendo abonos mientras vendia mi casa para pagarles, la casa la vendi por medio del Fna. pero como no es un proceso rapido el banco me amenazò con un proceso de embargo, en este momento en el certificado de tradiccion ya esta el inmueble a nombre de la nueva dueña pero no se ha registrado porque el fondo no ha hecho el desembolso, puede el banco embargar aun o detener el proceso de venta?

    Me gusta

    • dr buenas noches mi nombre es estella y mi problema es el siguiente, mi esposo y yo queríamos comprar un apartamento con una constructora el porcentaje requerido seria desembolsado por la caja de vivienda militar nosotros firmamos la promesa pero al remitirla a la caja no la aceptaron porque no quedaron bien unas clausulas por lo que debía ser reformada mi esposo y yo ya no podemos comprar el apto pues fuimos victimas de una estafa que nos ha dejado sin dinero mi pregunta es estamos obligados a cumplir esa promesa que firmamos o al ser reformada podemos deshacer la compra? la vendedora nos dice que debemos firmar de nuevo en notaria, no hemos dado ningún dinero, agradezco su colaboración doctor.

      Me gusta

      • Estella, si la reforma de la promesa afecta el objeto del contrato entonces no será válida. Sin embargo, s usted fue víctima de una estafa tiene a su favor un hecho más que justificado para no tener que cumplir dicha promesa. Recomiendo explicarle esta situación a la vendedora y enviarle copia de denuncio.

        Me gusta

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Crea una web o blog en WordPress.com