¿Cómo saber si estoy siendo víctima del delito de usura?

Mc Pato

Actualizado el 11 de junio de 2019

Fundamento legal: Concepto -2006022407- de 2006 de la Superfinancera

¿Sabía usted que si su acreedor le está cobrando intereses excesivos, puede ir a la cárcel por esto? Así es, y el delito se llama USURA.

La usura es un delito contra el orden económico de mera conducta que suelen cometer los pagadiario (los famosos gota a gota) y quienes se dedican a prestar dinero al margen de los Bancos. Es de mera conducta porque sólo basta con demostrar que se cobró una tasa de interés más alta de la permitida para que la persona lo cometa.

Para saber si usted está siendo víctima de usura, o si está cobrando tasas usureras, usted debe hacer el siguiente calculito matemático:

1. Consulte el interés bancario corriente vigente a la fecha en la cual a usted le prestaron el dinero (la vigente hoy, 11 de junio de 2019, es del 19,30% para créditos ordinarios y del 36,89% para microcréditos)

2. Esa tasa de interés, multiplíquela por 1,5. (de modo que la tasa de usura para créditos ordinarios hoy, 11 de junio de 2019, es del 29,01% y para microcréditos es del 55,34%)

3. La tasa de usura anterior, que es efectiva anual, deberá convertirla en nominal anual. Para ello, debe hacer uso de una fórmula matemática ((X+1)^(1/12)-1)12100 (donde X es la tasa de usura efectiva anual).

4. El resultado anterior debe dividirlo por 12, y el resultado es la tasa nominal mensual de usura que usted deberá pagar por su deuda. (para créditos ordinarios es del 2,6% y para microcréditos es del 4,45%)

Ahora, si la tasa de interés mensual que a usted le están cobrando es igual o mayor resultado de la operación del punto cuatro, entonces FELICITACIONES! usted está siendo víctima del delito de usura.

Un caso práctico:

A fulano le prestaron un millón de pesos, a una tasa de interés del 3% mensual en diciembre  7 del año 2013. A continuación, Fulano está siendo víctima del delito de usura, por lo siguiente:

  1. En el pagaré se establece el cobro de intereses mensuales del 3% a partir del día en el que se hizo exigible la obligación. Es decir, esos intereses se cobrarán desde el día 7 de diciembre de 2013. Así las cosas, sólo basta observar que para el día 7 de diciembre de 2013 el interés de usura mensual era del 2,20%, que surge de reducir el interés moratorio máximo efectivo anual fijado por la Superintendencia Financiera de Colombia para esa fecha a un interés nominal anual. Dicho interés, a lo largo de los años, jamás ha pasado del 3% mensual, de tal suerte que pretender cobrar un interés del 3% mensual en un pagaré no es nada distinto al delito de USURA, castigado en el Código Penal Colombiano con pena de cárcel.
  2. En efecto, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 2555 de 2010, la Superintendencia Financiera de Colombia, mediante Resolución Nro. 2372 de 2013 fijó para ese año como interés bancario corriente el 19,65% Efectivo Anual. Por ello, si multiplicamos 19,65% por 1,5, nos dará un interés de usura de 29,475% Efectivo Anual. 
  3. Así las cosas, sabemos que el interés mensual del 3%, fijado en el pagaré que firmó Fulano, es de usura, por lo siguiente:
  • Para calcular el interés de usura mensual se debe convertir primero el interés de usura efectivo anual a nominal anual. El resultado se debe dividir por 12.
  • Por ello, usando la fórmula matemática ((X+1)^(1/12)-1)*12*100 (donde X es la tasa de usura efectiva anual), encontramos que 29,475% EA (la tasa de usura vigente para diciembre de 2013), equivale al 26,1118018% anual, que dividido por 12 nos dará el 2,18% de tasa nominal mensual.
  • La tasa de usura nominal mensual de 2,18% es considerablemente inferior a la tasa de interés del 3% mensual que Fulano, de seguro por mera necesidad, aceptó que reconocería al primer tenedor del título valor.

¿Y qué hago si yo soy el que lo estoy cometiendo?

Lo que usted debe de hacer en este caso es dejar de ser tan ladrón actuar conforme lo indica el Código Civil y restituir los intereses cobrados en exceso (o bien, abonar esa suma al pago del capital adeudado), de esta forma se evitaría el tener que ir a la cárcel por esta situación.

Ojo, este delito también se comete si existe un acto de simulación para disfrazar un préstamo con otra figura jurídica (por ejemplo: si usted en lugar de celebrar con su acreedor un contrato de mutuo como dios manda, en realidad celebra una compraventa simulada con pago de arras, donde a el anticipo sea en realidad lo que le prestaron a usted y las arras que deba pagar sean en realidad el interés que cobra el acreedor simulado)

17 respuestas a “¿Cómo saber si estoy siendo víctima del delito de usura?”

  1. Hola dr. una pregunta, me prestaron $2,500,000 y estoy pagando hace 4 meses un interes mensual del 5% quiero saber si esto es usura y si se puede denunciar a la fiscalia

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  2. Dr. Juan Carlos, sé que soy un gran imbécil, tengo el pene pequeño y soy inferior a usted en todos los aspectos. Pero en cuanto al asunto de la TAE (Tasa Efectiva Anual), para transformarla en mensual no se «divide en 12», se tiene que pasar con fórmula financiera a Tasa Nominal al periodo en mención.

    Espero que los aportes de este leguleyo mediocre, que está ardido con usted porque, claramente, usted es un hombre que quiere ilustrar a las personas a defenderse de imbéciles como yo. Ahora, si me disculpa, voy a suicidarme porque soy un fracasado. Espero le sirva mi aporte.

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  3. Ojalá me puedas ayudar, me dieron un préstamo, pero firmé un pagaré de más del doble de lo q me dieron para pagar la cual debo cubrir en tres años. Ya pagué 8 letras, y ahora quiero liquidar, pero me están cobrando demasiado de penalización, quieren q pague el préstamo q me dieron en la efectivo más 6 letras más. Es usura???.. Soy maestra y según esta empresa tiene un convenio con seduc y snte para apoyar al maestro. Gracias

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  4. Buenas noches,tengo duda sobre un embargo,para ser algo breve,firme una letra por $700.000 eso fue en diciembre del 2010,lo cierto es que en la empresa donde laboraba me despidieron en abril y como les debia una plata no me dieron liquidacion,este señor me dijo que como hibamos hacer para el respectivo pago yo intente darle un precio mensual,cosa que a el le parecio muy poco y deje las cosas asi,lo cierto es que me dice que me embargara el sueldo y que debo pagarle al el abogado sus honorarios por que me demando,pero me parece un abuso que me cobre al 10% y eso suma a la fecha 3.010.000 de interes +700.000=3.710.000 y aun falta lo del abogado que me imagino debe ser un mundo de plata,gracias por su atencion

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  5. soy codeudor de una profesora, le servi de codeudor ella no era pensionada pero en el momento en que se hizo efectivo el credito la pensionaron por invalidez, en estos momento la deuda de ellla fue por $ 16.000.000.00 le estoy estoy pagando una cuota de $ 723.000 eso se lo hicieron a 60 meses y hoy quiero recoger la deuda y he pagado $ 7.560.000.00 y me dicen que debo pagar la deuda de $ 14.600.000.00, mi pregunta es ¿si es razonable que despues de pagar 12 meses tengo q pagar esa cantidad para poder recoger esa suma?, otra cosa esa deuda se hizo a principio de 2013, quisiera saber que intereses me estan cobrando y si se puede demandar?

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