Los Juzgados de la Vergüenza: Hoy, el Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena.

Juzgados de la Vergüenza Colombia

Los errores conceptuales y el derecho comparado mágico no sólo están presentes en Cali y en las decisiones escatológicas que toman algunos de sus disque jueces, sino que se extienden a todos los rincones de este pseudo país que, de manera inexplicable, fue calificada como el país del año por la Revista The Economist: Como ejemplo ponemos hoy al Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena y a su cochina percepción sobre lo que son los recursos públicos del Estado.

Y es que gracias a este Despacho, los Parafiscales destinados al ICBF ahora no son del Estado, lo que es igual a decir que no son recursos públicos.

Contexto de este pronunciamiento:

Vale advertir al amable lector que yo no tengo la copia del fallo, como en otras ocasiones, porque estamos frente a una audiencia penal, realizada bajo el sistema oral (se agradece el video de esa audiencia). No obstante, por el impacto que ha tenido semejante burrada, la noticia ha sido reproducida por los siguientes medios de comunicación:

W Radio: http://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/juez-asegura-que-recursos-publicos-no-pertenecen-al-estado-en-caso-del-icbf/20161220/nota/3336686.aspx

Caracol Radio: http://caracol.com.co/emisora/2016/12/16/cartagena/1481853723_116994.html y además en http://caracol.com.co/radio/2016/12/20/judicial/1482249032_649666.html

El Espectador: http://www.elespectador.com/noticias/nacional/bolivar/contratistas-senalados-de-estafar-al-icbf-bolivar-fuero-articulo-671411

Radio Santa Fé: http://www.radiosantafe.com/2016/12/20/juez-asegura-que-los-recursos-del-icbf-son-privados/

Revista Metro (el único medio que celebró el fallo como una «derrota de la Fiscalía») http://revistametro.co/2016/12/16/libertad-a-contratistas-del-icbf-una-nueva-pifia-de-la-fiscalia/

El Universal de Cartagena: http://www.eluniversal.com.co/politica/delitos-no-existen-defensa-de-familiares-del-concejal-americo-242534

Por ello, de lo que puede observarse de los enlaces citados, en especial del segundo enlace de Caracol Radio y de El Espectador, todo ocurrió por lo siguiente:

  • El 9 de Diciembre de 2016 la Fiscalía informó que “investiga presuntas irregularidades presentadas en la ejecución del contrato por valor de siete mil ochocientos dieciocho millones quinientos veinticuatro mil sesenta y cuatro pesos ($7.818’524.064), suscrito por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y la Fundación Prociencia” Además, agregó que “en la investigación se estableció la presunta apropiación de recursos de dicho contrato en cuantía de mil quinientos sesenta y seis millones seiscientos cincuenta mil ciento noventa y ocho pesos ($1.566’650.198), mediante el cobro al ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) de refrigerios y complementos nutricionales que nunca fueron entregados, sobrecostos en la alimentación, pagos de arriendo y de otros conceptos no autorizados en el contrato, mediante la falsificación de facturas, entre otras irregularidades”. (citas tomadas de la Revista Metro)
  • La Fiscalía (más concretamente, el actual Fiscal General de la Nación) anunció, ese mismo día, la captura de cuatro personas vinculadas a la investigación: Todas esas personas son familiares de un concejal de Cartagena, perteneciente al partido ASI y además, vicepresidente del Concejo de esa ciudad. Más allá de si son, o no culpables, uno ya empieza a sospechar de este hecho y a aplicar el delito de «conosciencia», dada la influencia del Concejal.
  • Según la Fiscalía, Prociencia, fundación creada por el mismo concejal de Cartagena del cual todos los capturados son su familia, se habría apropiado de millonarios recursos destinados a tres mil 374 niños de cero a cinco años, madres gestantes y lactantes.
  • La Fiscalía también halló un supuesto carrusel al percatarse de que tres empresas proveedoras fachada de Prociencia estaban a nombre de los hijos de la actual tesorera de la fundación.
  • El martes 20 de diciembre, los capturados fueron llevados ante el Juzgado de Control de Garantías que hoy hace parte de esta deshonrosa lista, en donde según El Espectador, los dejó libres con base en lo siguiente:

“Evidencia esta juez de garantías no solo que la calidad de servidor público no se encuentra demostrada en ninguna de los cinco ciudadanos, sino además que no estableció si esos recursos manejados por Prociencia, son recursos públicos porque son entidades privadas. Si analizamos los conceptos legales sobre la naturaleza de esos recursos parafiscales que se utilizaron ni siquiera hacían parte del fisco entonces tenemos que señalar que en virtud de esas apreciaciones no podríamos hablar de una autoría y no se puede dictar la medida

Además, según Caracol Radio, quien manifiesta que la operadora judicial citó «un listado de leyes, sentencias del Consejo de Estado y hasta normatividad francesa», la operadora judicial de marras agregó que “Esos recursos parafiscales son públicos, pero no pertenecen al Estado y por tanto no ingresan al fisco, no son de libre asignación, ni de libre disposición, pues por su naturaleza tienen destinación específica… En virtud a esas apreciaciones, los recursos provenientes de rentas parafiscales no son rentas que estén incorporadas en el presupuesto general de la Nación

Ahora veamos por qué este Juzgado entra a la lista de los Juzgados de la Vergüenza

Vale aclarar que a mi no me interesa si los acusados son inocentes o culpables, ya que ellos aún no han sido condenados por ningún delito, ni han aceptado cargos. Por demás, en este blog no se pretende lapidar a nadie (por eso nunca publico nombres, salvo que sea demasiado evidente que el personaje es un delincuente) sino demostrar por qué la postura asumida por el despacho no sólo es antijurídica sino un insulto a la inteligencia humana y a los conceptos más elementales de derecho. Conceptos que hasta un simple estudiante de derecho podría comprobar que estos jueces evaden con argumentos que más parecen paridos por el ano del funcionario que los dijo que producto de un razonamiento juicioso.

En este caso particular, el operador Judicial que preside ese Juzgado hizo gala de una completa falta de sentido común cuando dijo que los recursos parafiscales son públicos pero no rentas que estén incorporadas en el presupuesto general de la Nación, dado que si bien es cierto que que esos bienes no ingresan al Presupuesto General de la Nación, lo cierto es que a los mismos se les acusaba del delito de Peculado Por Apropiación, que establece lo siguiente:

Artículo 397 Código Penal: Peculado por apropiación. Modificado por el art. 33, Ley 1474 de 2011. El  servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte o de bienes o fondos parafiscales, o de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, incurrirá en prisión de seis (6) a quince (15) años, multa equivalente al valor de lo apropiado sin que supere el equivalente a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.

Si lo apropiado supera un valor de doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, dicha pena se aumentará hasta en la mitad. La pena de multa no superará los cincuenta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Si lo apropiado no supera un valor de cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes la pena será de cuatro (4) a diez (10) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término y multa equivalente al valor de lo apropiado.

Como pueden ver, la distinción que hace la operadora judicial era innecesaria, dado que el mismo artículo hace mención a los parafiscales como parte de lso bienes de los cuales un servidor público NO puede apropiarse. Es más, de la lectura de ese artículo se entiende que el único dinero del Estado del cual se puede apropiar un Servidor Público es de su salario y similares.

Ahhh, pero me imagino que usted ahora está pensando que esas personas no debieron ser imputadas por Peculado Por Apropiación, porque son contratistas y, por ende, no son servidores públicos. Pues mi querido lector, deberías leer lo que dice el artículo 56 de la Ley 80 de 1993 (si, la que en la dicen que «no pegó» en la Costa Atlántica, así como tampoco pegó el régimen de Insolvencia de Personas Naturales no Comerciantes en Cali, gracias a los enemigos de los deudores que pululan en los despachos judiciales de esa pocilga)

ARTÍCULO 56. DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS PARTICULARES QUE INTERVIENEN EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL. Para efectos penales, el contratista, el interventor, el consultor y el asesor se consideran particulares que cumplen funciónes públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación de los contratos que celebren con las entidades estatales y, por lo tanto, estarán sujetos a la responsabilidad que en esa materia señala la ley para los servidores públicos.

Como ven, no se necesita ser un experto en contratación estatal para saber que cualquier contratista que se robe unos parafiscales podrá ser condenado por peculado por apropiación, a la luz del ordenamiento jurídico citado.

Además, la sentencia en que basó su garrafal afirmación la mentada Juez, que era la sentencia 17788 del año 2000 del Consejo de Estado, establecía que los parafiscales, al no hacer parte del presupuesto General de la Nación podrían ser embargados una vez sean girados a las entidades que los van a utilizar. No obstante, esto no es suficiente para librar a un particular de la obligación de darle la destinación específica para los que fueron entregados y, en consecuencia, el que las rentas parafiscales no puedan ser equiparadas con las rentas Fiscales o con los ingresos corrientes de la Nación no lo exime de culpa si se los roba.

Por tanto, al haber negado la medida de aseguramiento, el Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena deja en libertad a personas acusadas de unos delitos muy graves, que seguirán manejando las rentas parafiscales que reciben, sobre las que hoy están acusados por la Fiscalía de robarlas.

Mientras tanto, la Fiscalía, que apeló esa decisión con la Procuraduría, podrá continuar con el proceso penal pero con los acusados en libertad, lo cual en concepto de este abogado resulta en un absurdo, más si esos acusados ni siquiera fueron apartados de esos cargos.

Queda demostrado, una vez más, que estamos nuevamente ante la muestra de la aplicación del Principio de incompetencia de Peter a la Rama Judicial de este país.

ATENCIÓN: Para evitar posibles denuncias se borrarán los nombres de las personas implicadas en dichas actuaciones. No obstante se mantiene el nombre del Juzgado para que los usuarios de la justicia conozcan la línea de interpretación que está manejando dicho juzgado. Aún así, dejo en claro que los hechos que se denuncian corresponden a la realidad y yo no me estoy inventando nada.

Y así mismo, dejo en claro que esta publicación sólo busca fines académicos. Si usted, amable lector, se siente aludido, entonces lo invito a manifestar su desacuerdo y no a denunciarme, ya que no sólo no cometo ningún delito haciendo esto, sino que además estoy amparado por la misma Constitución Política de Colombia y tratados internacionales en lo referente al Derecho a la Información, a la protesta y a la libertad de expresión. Eso, y recordando que aquí no se hace mención de una persona en concreto sino de un Despacho judicial en el cual trabaja mucha gente, todo lo cual se hace en un marco de respeto personal.

Ah sí, y si algún arenoso se siente aludido por lo que dije, y me denuncia, lo invito a leer lo que pasó la última vez que un Juez me denunció por publicar en esta sección.

2 respuestas a “Los Juzgados de la Vergüenza: Hoy, el Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena.”

  1. Pero qué es eso? Aquí los jueces y fiscales hacen lo que les viene en gana? O los profesionales del «derecho»que genera este país, son incompetentes .. escondidos, o amparados por corruptos!. Me pregunto yo, Quién controla esos procesos, o fallos (o como se llame) y a esos delincuentes quien les sigue la pista? No hay derecho: NO HAY DERECHO!

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