Unión marital de hecho Vs Matrimonio: ¿Vale la pena casarse en Colombia?

Nota del 27 de febrero de 2020: Recuerde que si requiere asesoría en Colombia para casarse, lo puede hacer llamando al 3042874360. 

Fundamento legal y jurisprudencial:

Constitución Política de Colombia – Art. 42

Código Civil – Artículos 113 y s.s

Ley 25 de 1992

Ley 54 de 1990

Ley 979 de 2005

Existen diferencias entre la Unión Marital de Hecho (UMH) y el Matrimonio (sea civil o católico). Es una verdad innegable y un aspecto sobre el cual ya existe una plétora de jurisprudencia de la Corte Constitucional (ver sentencias C-310/04 y C-239/94). Y es a través de esas diferencias que hoy intentaré dar respuesta a la pregunta del título, dado que existe en Colombia la creencia errada de que da lo mismo casarse que «arrejuntarse»

Y es apenas obvio: En colombia el número de matrimonios está disminuyendo, al igual que el número de divorcios. Según la Superintendencia de Notariado y Registro,»De cada diez parejas que se casan, tres se divorcian y un porcentaje muy alto de las que se separan lo hacen en los primeros tres años, incluso muchas de ellas ya tienen un niño pequeño» (fuente: El Tiempo. Con acceso al 1 de marzo de 2017). Esta tendencia ha sido consistente desde hace casi 25 años, que es el tiempo que lleva vigente la Ley 54 de 1990, como lo muestran algunas estadísticas del Dane y Supernotariado.

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Es más, el matrimonio está tan desacreditado en Colombia que hasta el registrador de la época en que fueron publicadas estas estadísticas, el Doctor Carlos Ariel Sánchez (alias jeta de bagre), la llamó «una institución en desuso» en un interesante artículo que escribió por esos años.

Yo los entiendo: ¿Quién quiere casarse hoy en un país donde nadie quiere asumir compromisos? Donde la cultura traqueta nos dejó como herencia una mentalidad cortoplacista y más pendiente del dinero, donde sólo importa vivir el presente y, como buenos pobres que son algunos colombianos, ser esclavos de las emociones y actuar en nombre de impulsos químicos en lugar de la razón. A eso agreguemos que la Unión Marital de hecho es mucho más económica que el Matrimonio: Usted sólo necesita ganas para irse a vivir con su pareja, mientras que con el matrimonio debe cumplir una serie de requisitos y asumir unos costos, sea que se case en una Notaria, en un Juzgado o en una Iglesia.

Pero, ¿Están en lo correcto los colombianos que optan por esta forma de vida, o están peligrosamente equivocados? ¿Cuáles son las consecuencias de vivir en el «rejunte», a largo plazo? ¿De verdad  la UMH implica menos compromiso que un matrimonio? Veamos.

Diferencias entre la UMH y el Matrimonio.

como las similitudes entre ambas figuras saltan a la vista, no hablaré de ellas. Eso sí, sólo dejaré en claro que ambas figuras se aplican por igual a las personas del mismo sexo y que ambas legitiman la pederastia en Colombia: El matrimonio porque en Colombia la edad de consentimiento para casarse es de 14 años, y la unión marital de hecho, porque ni siquiera exige la edad como requisito para su existencia (aunque la Ley 54 de 1990 presume que son 14 años).

La verdad, es que las diferencias son bastante simples, pero contundentes. Tanto, que hasta la Corte Constitucional ha dejado en claro que ni siquiera son instituciones equivalentes. Estas son algunas de ellas:

  1. En el matrimonio, usted tiene cónyuge. En la UMH usted sólo tiene un compañero permanente, que es básicamente el mismo estatus que tiene usted con su pulmón.
  2. ¡La UMH es tan informal que ni siquiera exige consentimiento! Simplemente basta con que la otra persona demuestre convivencia de 2 años o más y ZAZ!, ahí tuvo su UMH, duelale a quien le duela! (sobre todo a su bolsillo)
  3. La unión marital de hecho es un mero vínculo natural al que la Ley le dio efectos jurídicos (como cuando dos chimpancés deciden compartir la misma rama). Mientras que el Matrimonio es todo un contrato, lleno de solemnidades y con explícitos efectos jurídicos frente a los cuales los contrayentes sólo tienen que abrir la boca para reclamarlos (ya hablaremos de esto en detalle). Para que lo entienda mejor: La UMH es como vivir en un barrio de invasión y el matrimonio es como tener casa propia.
  4. Usted siempre va a tener que probar la existencia de una UMH ante terceros y cualquier autoridad si quiere tener derecho a algún beneficio. ¿Y adivine? No siempre le va a servir la declaración extrajuicio que usted suele presentar en las EPS, que por demás no es la forma correcta de demostrar la existencia de la UMH. Esto no pasa con el matrimonio, que mientras esté registrado ante una Notaría o la Registraduría Nacional del Estado Civil (se recomienda que siempre se registre un matrimonio ante esta entidad) seguirá siendo válido para todos los efectos legales y no le van a pedir más prueba que la constancia del registro.
  5. Los efectos civiles de un matrimonio terminan con el divorcio, mientras que en la UMH terminan el día en que decide dejar de vivir con su pareja. Eso sí, en ninguno de los casos se libran de la repartición de bienes, lo que nos lleva a una diferencia importante que expongo en el punto siguiente.
  6. En el matrimonio la liquidación de la sociedad conyugal es supremamente fácil, en el sentido en que basta con demostrar que estuvo casado con su pareja para reclamar sus gananciales. En la UMH a usted le va a tocar que demostrar que si convivió con esa persona: Si ese es su caso le recomiendo que vaya guardando todas las foticos que tenga con su pareja, ya que le servirán de plena prueba para demostrar la convivencia por más de los 2 años que se requiere como mínimo para que se declare la existencia de una UMH (eso, y la declaración extrajuicio para que lo afilien a la EPS como beneficiario(a) de su pareja).
  7. En caso de muerte de su cónyuge, y aún si hubo divorcio, el cónyuge supérstite tendrá derecho a una porción conyugal, que saldrá de la liquidación de los bienes del causante, si no puede vivir por su cuenta. En la UMH, si bien la Corte Constitucional les reconoció ese derecho, tendrá que probar la existencia de tal unión. Si no logra hacerlo, ese cónyuge supérstite se va a quedar sin nada.
  8. Con un matrimonio legalmente constituido, ni usted ni su pareja se van a poder casar nuevamente, y si lo hacen cometen bigamia, cuya gran consecuencia es la nulidad del segundo matrimonio y una inminente investigación penal por fraude procesal. Con la UMH tanto usted como su pareja son libres de casarse, de modo que si no tiene cómo demostrar esa convivencia, todos esos años de UMH se irán a la GPM.
  9. Cuando su cónyuge fallezca, usted sólo tendrá que hacer una fila para reclamar la pensión de sobreviviente. Con la UMH, de nuevo, le va a tocar que probar su existencia si quiere reclamar esa pensión. Eso se complica si su pareja cotizó en un fondo de pensiones privado, en donde el objetivo principal es que las personas nunca se pensionen.
  10. Esto sin mencionar los efectos en materia de sucesiones, en donde un compañero(a) permanente perfectamente puede quedar por fuera de un testamento o verse enfrentado a pelear sus derechos legítimos con los demás herederos en un Juzgado, aun si llevó décadas conviviendo con el muerto. Obviamente eso no va a pasarle a una persona casada, que sólo debe radicar en el Juzgado el registro de Matrimonio y sentarse a esperar el fallo favorable.
  11. El matrimonio implica una fiesta con una comida más o menos fastuosa que todos van a disfrutar, menos los recién casados. La UMH sólo implica un mensaje de whatsapp a los conocidos diciéndoles que ahora vive con su pareja y contratar una motocarro para que lleve sus cositas al nidito de amor de su pareja (que por lo general suele ser la casa de los papás de uno de ellos después de que el hombre dejó a la mujer en embarazo)

Como podemos ver, la UMH es tan informal que causa diferentes peligros: Desde un atentando al consentimiento de quienes estén involucrados en una, hasta el riesgo de perder derechos patrimoniales por no iniciar el trámite requerido para demostrar la existencia de esta figura.

¿Y cómo se demuestra la existencia de la Unión Marital de Hecho?

Lea: Cómo declarar que vivo en Unión Libre.

sólo de estas formas:

  1. Escritura pública
  2. Acta de Conciliación
  3. Sentencia judicial ante un Juez de Familia (especialmente si la otra persona falleció o no acepta la existencia de la UMH)

Y aquí es donde yo les respondo a la pregunta del título: Si alguien me pregunta a mí si vale la pena casarse en Colombia frente a la UMH, la respuesta que le daría es que es mejor casarse, por estas razones:

  • Si se quiere «arrejuntar» porque tuvo una situación que lo obligó a ello (como un embarazo no deseado), mi consejo legal es que piense mejor las cosas, porque estadísticamente esas relaciones jamás funcionan e igual tendrá que enfrentar lo que no quiere: Criar a un hijo sin la presencia de uno de los dos padres.
  • Si prefiere la UMH sobre el matrimonio por evitarse ceremonias y pendejadas, pues lamento informarle que tarde o temprano tendrá que recurrir a ellas, ya que una simple declaración extrajuicio no es prueba de la existencia de esa figura. Si mucho le servirá para probar ante un Juez que hubo una convivencia de más de dos años, pero esa prueba puede ser fácilmente desvirtuada. Además, esa repulsión a los formalismos expone a su pareja a quedar desprotegida si le pasa algo a usted. Así que cada vez que huya de los formalismos del matrimonio piense en lo siguiente: Si muere quién quiere que se quede con sus cosas: ¿Su pareja o su mamá?
  • Si prefiere la UMH sobre el matrimonio porque usted y su pareja pueden disponer de sus bienes libremente, me temo que esta es una verdad a medias y una injusticia sobre la institución del matrimonio. De entrada, usted en el matrimonio podrá disponer libremente de sus bienes, tanto de los que adquiera antes como los que adquiera después de casarse (para saber más sobre la sociedad conyugal, lea este artículo). Y aunque no lo crea, la UMH también crea una sociedad de bienes llamada Sociedad Patrimonial de Hecho, que es básicamente la misma sociedad conyugal pero aplicada a estas uniones. Así que la unión libre realmente de libre no tiene nada en este aspecto.
  • Si se está yendo a vivir con alguien sin casarse porque no tienen el dinero para el matrimonio, le cuento que en los juzgados civiles municipales ese trámite es gratis y relativamente expedito. (Pero por favor, si opta por esta opción no se vaya vestido de forma elegante al Juzgado: Se verán ridículos y fuera de lugar)

Y entonces, ¿Qué opciones tenemos aquellas personas que queremos convivir con nuestras parejas pero sin comprometer nuestros bienes, y con la posibilidad de irnos cuando queramos sin mayores traumatismos?

  1. Madurar: Si usted quiere convivir con una pareja de esa manera tan cómoda, entonces me temo que usted no es apto ni para cuidar a una planta. Especialmente si es hombre. Tanto el matrimonio como la UMH implican una serie de compromisos que usted deberá honrar, sea a las buenas o a las malas. Así que si no está dispuesto a honrarlos mejor quédese viviendo con sus papás y siga saliendo con su pareja cada domingo a comer helado en un parque. O mejor, no tenga pareja estable hasta que tenga las bolas que se requieren para ser responsable con usted mismo y su pareja.
  2. Si opta por la UMH, por lo menos célebre unas capitulaciones. Si, aunque usted no lo crea, las capitulaciones patrimoniales sirven para la UMH y son supremamente aconsejables para proteger sus bienes. Más sobre las capitulaciones aquí.
  3. Si opta por casarse, puede celebrar capitulaciones patrimoniales, o disolver la sociedad conyugal en ceros al día siguiente de casarse: Es rápido, barato y le evita dolores de cabeza.
  4. En ambos casos, es bueno que deje las cuentas claras para que su familia se evite dolores de cabeza en el futuro si llega a fallecer. Se recomienda al menos adelantar una planeación sucesoral (créame, eso no es tan caro como piensa), y en el caso de las familias que manejan empresas o muchos activos, un protocolo de familia.
  5. Si el problema por el cual no se casa es económico, entonces la UMH no va a cambiar en nada este hecho. Lo recomendable es evitar una convivencia a toda costa si no tiene dinero. Pero si igual lo piensa hacer, o ya lo hizo, entonces se recomienda aclarar muy bien con su pareja lo que debe hacer en caso de que alguno de los dos fallezca para reclamar la pensión de sobreviviente (si está cotizando a la seguridad social) y DEBE QUEDAR MUY CLARO SI EXISTEN OTRAS PAREJAS Y OTROS HIJOS POR FUERA DE ESA UNIÓN. Esto último lo indico porque en algunos sectores en Colombia este tema se maneja muy deportivamente, sin importar el estrato o el nivel socioeconómico de los involucrados, y su gran consecuencia son las múltiples sorpresas al momento de repartir una herencia o de reclamar una pensión de sobreviviente.

26 respuestas a “Unión marital de hecho Vs Matrimonio: ¿Vale la pena casarse en Colombia?”

  1. Hola buen día tengo una duda hice unión marital aún esta vigente pero ya terminé con mi relación, mi pregunta es ma siguiente si yo tengo esa UMH no puedo cansarme ? O ajuro para poder casarme tengo que cancelar la UMH ?

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  2. buenos dias soy colombiana casada con venezolano como haria para que el este legal en colombia en estos momentos solo tiene carnet fronterizo quiero que este legal en colombia pero no se como ayudarle. le agradeceria me de respuesta enviandola a mi correo . gracias de antemano por su ayuda para aclarar mis dudas.

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  3. soy un pedazo de guevon…que no se la diferencia entre disolver…y liquidar una sociedad….por lo demas…gracias porque soy tan imbecil que no me había dado cuenta de esto yo sólito.
    “Si opta por casarse, puede celebrar capitulaciones patrimoniales, o disolver la sociedad conyugal en ceros al día siguiente de casarse: Es rápido, barato y le evita dolores de cabeza”.

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  4. somos personas del mismo sexo,vivo con mi pareja hace 25 años y este último año hicimos declaración UMH ,es posible hacerlo en notaría con testigos?,perdería validez la UMH? los años anteriores de vivir juntos se perderían ? los 5 medio hermanos a que tendrían derecho. ellos nunca han cuidado de él ni han estado pendientes de el,se podrían declarar indignos para que no puedan reclamar nada. el es pensionado y el compro un casa antes de conocernos.mi pareja tiene 73 años y yo 43 gracias..

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  5. Buenos dias tengo una unio marital llevamos 4 años desde la declaracion por ende por situaciones de trabajo ella cogio pa su lado yo al mio, pero no hemos hecho los papeles para disolver la union potque siempre le.pedia y ella siempre me decia que el papel aguanta todo y hace unos dias no contesta ni nada y me entere que como d8jo alla a sus primas que estaba soltera le presentaron un europeo y se largo con el y el niño(anterior relacion) y que este man le compro un apt en cucuta…y ahi que ?

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      • Es posible. Sólo acuda a la notaria de su elección y listo. También, lo puede hacer en un Juzgado, donde sale gratis.

        Para más información sobre los requisitos, o cómo blindar su patrimonio antes de contraer ese matrimonio, lo invito a solicitar una consulta jurídica especializada al 3042874360. Valor de la consulta, $80.000

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  6. SE PUEDE ACCEDER A LA PENSIÓN DE UN TRABAJADOR DEL ESTADO SI SE FIRMO UNIÓN MARITAL DE HECHO Y SE CONVIVIÓ POR 13 AÑOS ES ´POSIBLE QUE DESPUÉS DE SEPARARSE ESTA PERSONA PUEDA SER BENEFICIADA CON UN PARTE DE ESTA PENSIÓN YA QUE A PARTIR DEL DIA QUE SE SEPARARON LE FALTABA SOLO UN AÑO PARA PENSIONARSE Y ELLA ESTUVO TODO EL TIEMPO CON EL EN EL DESATOLLO DE SU CARRERA.

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  7. Otra conclusión que se podría sacar de esta entrada es que si ya le dieron 2 años conviviendo con su pareja, la formalidad es necesaria para protegerse y proteger a quien con usted convive. Pienso que un tiempo para conocerse haciendo parte de una pareja estable es necesario, y en este caso el legislador si fue sabio, si en 2 años aún no está seguro está jodido y de paso jode a quien se hecho con usted a las turbulentas aguas de la vida marital.

    Excelente entrada!

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