De acuerdo al artículo 8° del Decreto 862 de 2013, a partir del periodo de Mayo – Junio de 2013 estarán exentos de realizar los respectivos aportes parafiscales al SENA e ICBF los aportantes que se enuncia a continuación, situación que se deberá empezar a reportar en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes- PILA, para el pago que se haga por la nómina del mes de mayo de 2013.
Los aportantes a los cuales se aplica la exoneración de aportes, por los trabajadores que devenguen individualmente igual o menos de diez (10) SMLMV, son los siguientes:
- Sociedades y personas jurídicas asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios.
- Sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes.
- Sociedades declaradas como zonas francas después del 31 de diciembre de 2012.
- Personas naturales que empleen dos o más trabajadores.
Los aportantes a los cuales NO les aplica la exoneración de aportes, y por ende deben seguir pagando los respectivos aportes a ICBF y SENA, son los empleadores por los trabajadores que individualmente devenguen más de diez (10) SMLMV.
Tomado de Simple S.A
11 Comments
PATRICIA
Buenas tardes soy trabajadora independiente y no tengo empleados y quiero contratar a una persona estoy obligada a hacer aportes parafiscales?
Jaiver Lopez
Una propiedad horizontal esta sujeta al pago de parafiscales?. Tiene dos empleados con salario minimo
alfredo marquez h
que pasa con las empresas que declaran renta pero reinvierten sus utilidades en el objeto social de la misma y por ende no paga impuestos
Dr. Juan Carlos Muñoz
Alfredo, honestamente no tengo la respuesta esa pregunta. Pero en principio diría que esas empresas están sujetas a las mismas medidas que se indican en el articulo
alfredo marquez h
La duda es que esta empresa o osociacion comunitaria se asemeja a las entidades sin animo de lucro pues sus utilidades o en este caso excedentes son reinvertidos en su objeto por tal motivo no perciben un lucro en sus actividades
PAOLA ANDREA JIMENEZ
Las Uniones temporales y consorcios que tengan mas de dos empleados se encuentran exentas de pago de para-fiscales.
Dr. Juan Carlos Muñoz
Gracias por tu aporte. Es excelente.
Fernando Camargo
Me gustaria conocer en que se basa Paola Andrea para hacer está afirmación.
edith alvarez
Las Uniones temporales y consorcios que tengan mas de dos empleados se encuentran exentas de pago de para-fiscales
Nelson Ariza
Una pregunta entonces a que debe hacer el aporte en cuanto a seguridad social?,
y quien deberia pagar estos gastos?, hasta donde tengo entendido la empresa con mayor porcentaje de participacion en el consorcio….
Por favor me puedes explicar.
Mi email es: [email protected]
Gracias
Adriana
OJALA TENGA EXITOS PARA LOS EMPRESARIOS Y TRABAJADORES INDEPENDIENTES LA NEVA AFILIACION A CAJAS DE COMPENSACION PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES, CON TODAS ESTAS MODIFICACIONES EN EL FISCO PARAFISCAL