La Ley 2445 de 2025 no le gusta a todo el mundo. Eso está claro desde antes de su promulgación. Con dicha norma, se acabaron las posturas jurídicas leguleyas y prevaricadoras que varios apoderados de acreedores, jueces y Magistrados, usaron para no permitir que un deudor se acogiera al régimen de insolvencia. Con todo, no pensé que la Dirección de Métodos Alternativos del Ministerio de Justicia se prestaría para continuar ese jueguito estúpido.
Poco después de la promulgación de la ley 2445 de 2025, se llevó a cabo un evento de insolvencia, donde asistió un funcionario del Ministerio de Justicia y el Derecho. Ante él, estos abogados pro acreedores, le manifestaron sus «molestias» con la entrada en vigor de la ley 2445, además de insinuar la necesidad de una contrarreforma. Se me informó que el funcionario no era más que un petulante que estaba secundando todas las pendejadas de esta gente.
Poco después de ese evento, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia, profirió sendas circulares. La primera, fue la MJD-CIR25-0000024-DMSC-20100 del 7 de
abril de 2025, que pueden leer aquí:
