Mediante circular 20244000000157, del 16 de febrero de 2024, el Ministerio de Transporte instruyó a las autoridades de tránsito de toda Colombia, y a la superintendencia de Transporte a identificar, a partir de los vídeos que comparta la comunidad, los vehículos que estén involucrados en violaciones a las normas de tránsito de especiales connotaciones (como piques ilegales o transitar por andenes o senderos peatonales), a identificar en qué zona de su jurisdicción se cometió la infracción, a citar a los propietarios de los vehículos automotores y a adelantar el proceso contravencional contra ellos.
En pocas palabras, las autoridades de tránsito de todo el país quedan facultadas para imponer comparendos a conductores irresponsables que sean grabados por la misma comunidad.
La misma circular insinúa que no servirá como defensa decir que ese día no se estaba conduciendo, porque insta a las autoridades de tránsito a aplicar las sanciones de manera solidaria por abandono del vehículo, dado que el Ministerio tiene su propia interpretación de la sentencia C-321 de 2022 de la Corte Consitucional.
Vale aclarar que no cualquier vídeo servirá como prueba, dado que la circular es clara en indicar que el vídeo debe permitir identificar la placa del vehículo, o los logos de la empresa a la cual pertenece, y el día, hora y lugar en que ocurrió la infracción.
Las denuncias se podrán presentar a través del siguiente enlace, que nos lleva a la plataforma de Registro de Condiciones de Riesgo en los Desplazamientos – RECORD.
Puede descargar la circular aquí
