Gracias al Ministerio de Transporte, las empresas que presten el servicio de transporte escolar deberán de estar equipadas con cámaras dentro de los buses, que deberán ser accesibles por los padres de familia y por cualquier autoridad del colegio.
Y es que el artículo 2.2.1.6.4.1 del Decreto 1079 del 2015 (Decreto único reglamentario del sector Transporte), estableció lo siguiente:
Requisitos. Para obtener la habilitación para la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial, las empresas deberán demostrar y mantener los siguientes requisitos, que aseguren el cumplimiento del objetivo definido en el artículo 2.2.1.6.1 del presente Decreto:
(…) 4. Organigrama de la estructura organizacional de la empresa, la cual deberá contar con una planta de personal en nómina que tenga como mínimo:
(…) d) Estructura de Tecnología e Informática. Integrada por personal idóneo para desarrollar como mínimo las siguientes funciones:
(…) 5. Implementar cámaras de video dentro de los vehículos destinados al servicio escolar, con acceso a los padres de familia y a la persona que el colegio designe.
Al parecer, el Ministerio de Transporte quiere que lo padres de familia puedan hipervigilar a sus hijos incluso de regreso a casa, pasándose el derecho a la intimidad por el sanitario. Pero, en todo caso, es lo que tenemos vigente hoy en día y conviene que lo tengan en cuenta cuando contraten un servicio de ruta escolar.
Y es que, si una empresa de estas no tiene habilitada esa tecnología, podríamos aseverar que está funcionando sin el cumplimiento de los requisitos legales para el transporte especial, luego es pirata. Y si un bus de estos es sorprendido por las autoridades de tránsito operando este tipo de servicios de manera pirata, podría ser inmovilizado.
Pero, considerando que estamos en Colombia, dudo muchísimo que esto vaya a pasar.
2 respuestas a “Usted debe saber esto si tiene hijos, y los envía al colegio en ruta escolar.”
Conozco personas que, trabajando todo el día, no tienen la posibilidad de velar que sus hijos hayan tomado la ruta, bien sea con destino a sus colegios o a sus hogares. Me parece que implementar una cámara de seguridad en los vehículos de transporte les puede llegar a servir a esas personas (padres) para percatarse que efectivamente sus hijos se dirigen al colegio. En cuanto a la posible vulneración del derecho a la intimidad de los gravados en la ruta, siempre que los responsables de estos consientan dichas grabaciones, no veo cómo podrían verse afectados, más si se tiene en cuenta que las actividades que se desarrollan en el transporte escolar no pertenecen a la esfera intima de las personas.
En todo caso agradezco el contenido de su entrada y lo felicito y aliento para continuar con tan excelente labor académica.
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Excelente comentario. No lo vi de esa manera porque no tengo hijos. Ahora entiendo todo.
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