Comparto con ustedes el artículo del abogado Mauricio García Villegas, el cual me sirve para justificar el porqué, en 2013, dije que la carrera de derecho terminará condenada a convertirse más en una extensión de la Sociología o de la Antropología y menos en una carrera realmente útil (y que me valió insultos de parte de seres no pensantes a quienes logré poner en su sitio)
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Código General del Proceso fortalecerá a las firmas de abogados y estimulará su creación
Quizá la gran novedad que trae el Código General Del Proceso recién aprobado es la establecida en el inciso dos de su Art. 75 que dice:
igualmente podrá otorgarse poder a una persona jurídica cuyo objetivo social sea la prestación de servicios jurídicos. En este evento podrá actuar en el proceso cualquier profesional del derecho inscrito en su certificado de existencia y representación legal. Lo anterior, sin perjuicio de que la persona jurídica pueda otorgar o sustituir el poder a otros abogados ajenos a la firma. Las Cámaras de Comercio deberán proceder al registro de que trata (sic) este inciso
Este articulo no puede ser más claro: una persona jurídica puede ser el apoderado de alguien en un proceso, y ya no será necesario otorgar varios poderes a varios abogados, ya que bastará con que usted firme uno, y que dicho poder esté acompañado de un Certificado de Cámara y Comercio sobre la existencia y Representación Legal de una firma.
Este detalle hará al mundo jurídico del país, al fin, interesante.
