Recuerdo en 2018, tras finalizar una audiencia de insolvencia en la Notaria donde estoy inscrito como Operador Judicial en Insolvencia, que sostuve una conversación con un abogado de unos prestamistas particulares. Dicho abogado, vestido con ropa y accesorios caros, pero pasados de moda, que más le hacían parecer un lavaperros noventero venido a menos que un abogado, estaba muy confiado en que el trámite de negociación de deudas del deudor sería rechazado por un Juez Civil Municipal, tras haber sido declarado fracasado por este servidor. El togado resaltaba con mucha confianza los fallos del Tribunal Superior de Cali, Sala de Decisión Civil, en donde se rechazaban las insolvencias de los deudores por no tener bienes, y así no continuar con el trámite de liquidación patrimonial. En este blog hablamos de estos fallos en su momento.
Lo que yo le respondí quedó grabado en mi memoria, y hoy me doy el gusto de sacarlo a relucir:
«Doctor, disfrutelo mientras dure»
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