Actualizado el 4 de noviembre de 2020
Ya en 2011 les expliqué la importancia de la propiedad industrial y los beneficios que ello le puede traer a su empresa. Sin embargo, en esa época no profundicé sobre qué es una marca, los tipos de marcas que existen y el procedimiento a seguir. Por tanto, este es el momento de ocuparme de este aspecto.
Pero, en primer lugar, ¿qué es una marca?
Una marca, según la Superintendencia de Industria y Comercio es “una categoría de signo distintivo que identifica los productos o servicios de una empresa o empresario”. Los principales tipos de marcas que existen son las siguientes: la marca propiamente dicha, cuya definición es la ya enunciada, la marca colectiva (la que usa un grupo de personas o una sociedad para identificar todos los bienes o servicios que ofrecen) y la de certificación (las que se usan para garantizar una calidad o estándar en un producto o servicio)

Ejemplo típico de marcas colectivas

Dos ejemplos típicos de marcas de certificación
Pero la realidad cotidiana nos indica que una marca es mas que eso: es cualquier cosa que sirva para identificar sus productos de la competencia (desde un logo hasta una botella, como la de la Coca Cola, que en los años 60 tuvo el registro de su botella como marca, pero esa es otra historia) y para que sus clientes identifiquen el producto de forma más rápida y lo asocien más rápido con cualidades como la calidad y el buen servicio.
¿Esas son todas las clases de marcas que hay?
no, según el diseño están las marcas nominativas (sólo el nombre, indicando en la solicitud la fuente y el color de la letra), figurativas (una figura, no tiene ciencia), olfativas (un olor), sonoras (un sonido, obvio!), tridimensionales (como la botella de Coca Cola), o mixtas (una combinación de dos o más de las anteriores. Esta es la que más se recomienda y es la que más se usa, como pueden ver en las marcas mostradas en las imágenes, donde todas son mixtas menos Gucci, que es nominativa).
¿Es importante registrar la marca?
Lea: La importancia de proteger la marca de su empresa.
Entonces, ¿cómo registro la marca?
Este trámite se lo puedo explicar de dos formas: de la forma simple, o de la forma compleja (para los abogados).
Simple: lleve su marca a una oficina de la Superintendencia de Industria y Comercio junto con el petitorio que encuentra aquí, debidamente diligenciado y un recibo por valor de $712500 (a que usted consignó en el Banco de Bogotá previamente (todo debe de ir en una carpeta amarilla), luego de lo cual espere 9 meses y ya tendrá su marca registrada.
Compleja:
- Recuerde, la norma aplicable para el registro de las marcas es la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN)
- En primer lugar, solicite los antecedentes marcarios de la marca que quiera registrar, indicando en nombre de la marca, la clasificación de Niza en la cual se incluye la marca a registrar, y un correo electrónico suyo para que, ese mismo día, le envíen ahí los resultados de esta gestión. Ese trámite, al año 2012, vale 30 mil pesos y debe consignarse en el Banco de Bogotá, cuenta corriente No 062754387 (Superintendencia de Industria y Comercio) y el código rentístico 01.
- Si los antecedentes son favorables a su marca, entonces proceda a registrarla llenado el petitorio debidamente (no es obligatorio, pero es recomendable si usted no tiene experiencia radicando marcas), indicando la Clasificación de Niza del Producto, la cual puede consultar aquí (recuerde que puede elegir varias para una misma marca).
- A la petición debe anexarle el poder de un abogado (si actúa a través de uno), su certificado de existencia y representación (si usted es una persona jurídica) y el recibo de pago.
- Una vez radica la solicitud, la SIC realizará un estudio de forma de su solicitud, en la cual examinarán si le faltó algún requisito. Si falta algo, a usted lo requerirán para que lo complemente en un plazo no mayor a 60 días hábiles.
- Si no hubo problema con el estudio de forma, o si lo subsanó debidamente, su solicitud se publicará en la Gaceta de Propiedad Industrial por 30 días hábiles, la cual es una publicación que sale cada 15 días. La idea de esta publicación es que la solicitud sea oponible a terceros.
- Si hay oposición…: las personas interesadas en oponerse al registro, deberán presentarla en 30 días hábiles usando, si quiere, el formulario único de oposición, desde que salió el trámite publicado en la Gaceta (previo pago de los derechos de oposición), luego de lo cual su solicitud se convertirá en un tinglado jurídico que pasará por una audiencia de facilitación y que fácilmente puede terminar en una demanda ante la Comunidad Andina de Naciones (en el peor de los escenarios).
- Si no hay oposición o si se resolvieron a su favor…: entonces sigue el examen de fondo o de registrabilidad. Si su marca sale favorecida y la SIC la registra, entonces la SIC expedirá una resolución, y su marca quedará registrada por 10 años, luego de los cuales deberá renovarla (tendrá 6 meses para ello, prorrogables por 6 meses mas)
- Si no se concede el registro de la marca…: entonces, debe apelar, y volverá al mismo tinglado jurídico que lo llevará a usted hasta la Comunidad Andina de Naciones, pasando por el Consejo de Estado (o simplemente, cambie su marca e inicie de cero)
- Ahora, si desea información más detallada, le sugiero visitar esta pagina.
¿Por qué mi abogado me está cobrando millones de pesos por registrar una marca, sin incluir el costo del trámite?
Esto puede ocurrir por dos razones básicas: 1. su abogado es un ladrón distinguido personaje especializado en lograr registro de marcas de forma exitosa como también lo haría usted o cualquier otra persona, porque sólo se trata de seguir instrucciones. o 2. Porque su abogado le está garantizando servicios adicionales al registro de la marca, como por ejemplo:
- Representación legal en caso de que alguien presente oposición a la solicitud (incluye llevar su caso hasta las últimas instancias).
- Representación legal en caso de que rechacen su solicitud (hasta las últimas instancias).
- Vigilancia por 10 años de la Gaceta de la Propiedad Industrial, por si alguien se pasa de listo y le copia su marca.
En todo caso, tenga en cuenta que las tarifas cambian cada año. Al 2019, las tarifas se pueden consultar en la página de la SIC. Siempre que necesite buscarlas actualizadas, busque «tasas signos distintivos SIC Colombia» y listo.
¿Y todos los abogados me pueden ofrecer esto?
no todos. Tristemente, para seguir con su trámite hasta las últimas instancias usted deberá contratar a un buen equipo de abogados, el cual le cobrará miles de millones por esto dado que implica pasar por el Consejo de Estado y el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de Naciones, que se encuentra en Quito (Ecuador).
Finalmente, ¿el registro de mi marca sólo es valido para Colombia?
Así es. Si quiere que valga en otro país, debe registrarla allá donde quiere que valga. La buena noticia es que en Perú, Ecuador y Bolivia, al ser miembros de la CAN, el trámite es exactamente el mismo y sólo cambia la entidad que se encarga de su registro.
Le interesa: La importancia de la propiedad industrial y los beneficios para su empresa
Y también: La importancia de proteger la marca de su empresa.
Además: Tenga esto en cuenta si su empresa quiere registrar una marca
4 respuestas a “Cómo registrar una marca en Colombia”
me pueden dar precio del registro de una marca de bebida alcoholica.
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Yo puedo asesorarlo en ese trámite. Mis datos están en la sección «contacto»
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Buenas tardes requiero una cotización para el registro de una Marca
Nominativa
Figurativa
Tridimentional
Así como la duración del trámite.
Muchas Gracias
Espero su respuesta.
Atentamente Olivia Sánchez Esteban
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Interesante artículo, excelente!!!
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