Si usted quiere ver a un abogado enfadado, diga delante de él estos términos jurídico que la gente usa mal, y verá como echa chispas. Además, según la naturalidad con la que se las tome verá si ese abogado, o abogada, vale o no la pena.

Y es que la preparación a la que nos sometemos los abogados nos lleva a pensar que todos saben las mismas cosas que nosotros, olvidando que a muchos ni siquiera les importa la carrera de derecho. No obstante, tener empatía por los legos en la materia no va a cambiar nuestra molestia por cosas como las que verás a continuación:

1. Demanda penal

La frase que más canas verdes le saca a los abogados, y la razón por la que los periodistas son el hazmerreir de mis colegas.Y no podría ser de otra forma, dado que en Colombia no existen demandas penales, sino DENUNCIAS PENALES. La diferencia es muy simple:

Demanda = Aplica en los casos en los cuales existe una controversia entre dos personas por saber quién tiene la razón, o cuando una persona necesita que un juez declare algo en su favor. Se llama «demanda» porque se está exigiendo, demandando a un juez, que le de «algo» que usted quiere, pero que no puede tener porque existe una controversia o porque la ley le exige tener que pedirle permiso a un juez para obtener lo que quiere (ejemplo: Divorciarse de mutuo acuerdo)

Denuncia = Aplica cuando usted está poniendo en conocimiento de una autoridad un hecho que contravino una disposición legal, a fin de que esta proceda a investigar su veracidad y aplique la sanción que ya la norma estableció para lo que usted está relatando. Aquí usted no tiene pretensiones ni le está pidiendo permiso al Juez para que haga algo a su favor, sino para que este haga algo en contra de la persona que está violando la ley.

2. Derecho de petición

Un abogado con dos dedos de frente no debería decir «derecho de petición» para referirse a los escritos que se le envían a alguien, en ejercicio de ese derecho fundamental.

El derecho de petición es un derecho fundamental, no un puto escrito. Y ahora que ya lo sabe conviene que los llame por el nombre que siempre han recibido: CARTAS.

3. Arrejuntarse

Decir que usted vive arrejuntado con su pareja, en lugar de decir que son una pareja de hecho, sólo muestra un nivel de ordinariez que podría hacer que un abogado lo remita mejor a un consultorio jurídico. Lo mismo aplica si usted no se ha casado y le dice «marido» o «mujer» a su pareja.

4. Esposos

Ok, aquí admito que me estoy poniendo quisquilloso, dado que desde hace un siglo que ese término jurídico apenas tiene trascendencia en el ordenamiento jurídico colombiano. Lo cierto es que los esposos, a la luz del artículo 110 del Código Civil, son las parejas que se prometen en matrimonio (ver «esponsales»). Una vez casados, ya deberían de dejar de llamarse así para ser llamados «cónyuges»

5. Erario público

Sólo diga erario. Gracias.

6. Certificado de defunción como sinónimo de Registro Civil de Defunción.

En Colombia sólo existe el Registro Civil de Defunción como documento válido para acreditar el fallecimiento de una persona. El certificado de defunción es sólo la constancia que hace el médico tratante de que esa persona se murió, más no tiene el valor legal que tiene el Registro Civil de Defunción. De hecho, si una persona muere de forma natural, y su fallecimiento no se registra a tiempo (dentro de los dos días siguientes al hecho), este se podrá hacer a través de un inspector de policía, quien estudiará las razones por las cuales no se registró ese fallecimiento a tiempo, y podrá imponer las sanciones a que hubiere lugar. Si la muerte fue violenta, ese registro sólo se hace por orden judicial, por lo que no tiene término.

¿Estás de acuerdo con esta lista? ¿Crees que falta algún otro término? Hazmelo saber en la caja de comentarios.

2 respuestas a “Nunca digas esto delante de un abogado”

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