Los Juzgados de la Vergüenza: Hoy, el Juzgado 25 Penal Municipal de control de Garantías de Cali

Juzgados de la Vergüenza Colombia
mktwgg

ACTUALIZACIÓN: El mismo día que que se publicó este artículo, a las 5:00 PM, el Juzgado 25 Penal Municipal revocó la medida por la cual entra en este lista. Si bien aplaudimos la valentía del Juez de revocar su propia decisión, el artículo seguirá publicado con el fin de que sus argumentos le sirvan a alguien se se enfrente a una situación similar.

Gracias a una medida provisional decretada dentro de una Acción de Tutela, este Juzgado, que hoy entra a esta deshonrosa lista, dejó en libertad a uno de los hombres más peligrosos de Colombia: Nelson Mauricio Taborda Rudas, alias Picante: Uno de los líderes de Los Rastrojos.

Yo como abogado soy consciente que todo delincuente, aunque suene insólito y a veces difícil de digerir, es un ser humano y tiene los mismos derechos fundamentales que tenemos aquellos que no cometemos delitos (como usted o yo). Pero antes de plantear la discusión legal sobre si esa decisión era o no procedente, revisemos un poco el prontuario de Alias Picante para que veamos las consecuencias de tamaña decisión.

Para ello hagamos un viaje imaginario a la Tuluá del año 2011, que más parecía la Medellín de los años 80. En ese momento había una pelea entre dos peligrosos delincuentes que querían controlar el micotráfico y la extorsión en ese hermoso municipio: uno era Picante, y el otro era Porrón, quien se hizo famoso por extorsionar al Tino Asprilla (en serio, ¿Quén le pone los alias a estos degenerados? Existía también alias “filtro de agua” o alias “el PVC”, en cuyo caso el tubo si tuvo la culpa?).

Una de las tácticas que utilizaban esos delincuentes en esa guerra era la tortura y el desmembramiento de sus enemigos, algo que aprendieron de sus jefes Mexicanos. De hecho, bajo estos cargos es que Taborda Rudas fue detenido.

En el año 2011, Taborda Rudas fue capturado en Tuluá y desde entonces, ha hecho lo posible por quedar libre.

Si bien, a Taborda se le señala de haber decapitado y desmembrado a decenas de personas y haber dispersado sus extremidades en diferentes calles de Tuluá. el el Juez 12 Penal Municipal de Garantías lo dejó libre el 24 de diciembre del 2012 por considerar que no había suficientes pruebas para responsabilizarlo de dichas atrocidades. (tomado de este periódico)

De este modo, la Policía lo captura en el año 2013 nuevamente con base en nueva evidencia (ver este informe). Ese día su maldad y cobardía quedaron en evidencia al usar a su propia madre como escudo para evitar ser capturado, en palabras del General de la Policía Nacional Rodolfo Palomino.

Nuevamente sus abogados buscaron la forma de dejarlo en libertad, esta vez mediante una acción de Tutela que INCLUSIVE fue negada por la misma Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Pero finalmente, el 7 de julio de 2015, el Juzgado que hoy entra en esta deshonrrosa lista lo dejó en libertad.

Pero veamos ahora por qué el Juzgado 25 Penal Municipal de control de Garantías de Cali hoy entra en la lista de los juzgados de la Vergüenza:

La acción de Tutela es improcedente en este caso:

Es que más allá de si existen razones para dejar libre a tamaño personaje, resulta y acontece que el mecanismo constitucional idóneo para lograr esto NO es la acción de Tutela sino una acción de Habeas Corpus.

De hecho, mediante Sentencia T527 de 2009 la Corte Constitucional dejó claro lo siguiente:

Así, la causal de improcedencia de la tutela ante la existencia de otra acción constitucional como el hábeas corpus aplica en aquellos eventos en los que el interesado privado de la libertad, creyendo estarlo ilegalmente, por sí o por interpuesta persona acude al amparo al considerar que esa garantía fundamental puede estar siendo vulnerada como consecuencia de una acción u omisión de una autoridad pública. Acorde con la jurisprudencia de esta corporación[1] en esos supuestos el amparo resulta improcedente, aún como mecanismo transitorio, pues el hábeas corpus es un medio idóneo y efectivo, aún más expedito que la tutela, para proteger la libertad, por ser el término de treinta y seis horas (arts. 30 Const. y 3.1. L. 1095 de 2006) más corto para resolver sobre lo pretendido.

Bajo esos supuestos el amparo incoado no supera el presupuesto de subsidiariedad, como quiera que ese principio se encamina a “evitar que la acción de tutela llegue a desarticular el sistema jurídico, pues no debe olvidarse que el primer llamado a proteger los derechos fundamentales es el juez ordinario”[2].

[1] Ver, entre otras, T-839 de octubre 10 de 2002 y T-054 de enero 30 de 2003, ambas con ponencia de Álvaro Tafur Galvis.

[2] T-054 de 2003, previamente referida.

Esto, sin contar con que el artículo 6 numeral 2 del Decreto 2591 DE 1991 establece que la Acción de Tutela es improcedente si “Cuando para proteger el derecho se pueda invocar el recurso de hábeas corpus”.

En este orden de ideas, ¿Por qué demonios se admitió esa tutela en primer lugar? Lo que debió hacer el Juzgado 25 Penal Municipal de Control de Garantías de Cali fue simplemente rechazar esa tutela de plano.

Ahora, y Según se desprende del diario El País de Cali, suponiendo que se inició en este caso la Acción de tutela ante la Negativa de otro Juez de Control de Garantías de decretar la libertad provisional de alias Picante (basada en que el Juez competente para ello era el del lugar donde sucedieron los hechos, es decir en Tuluá), entonces con mayor razón esa tutela era improcedente.

De la noticia de El País se infiere que el Juzgado de Control de Garantías que decretó improcedente la petición de libertad por vencimiento de términos, que los abogados de Alias Picante habían solicitado antes de iniciar esta tutela, era otro Juez Penal Municipal de Control de Garantías, de modo que el Juez competente para conocer de esta acción era un Juez Penal del Circuito por tratarse de una tutela contra la decisión del Juez Penal Municipal. En este caso, vemos que el Juzgado 25 asumió la competencia a pesar de que versaba, aparentemente, sobre la decisión tomada por un juez de su misma jerarquía.

Ahora, si la decisión tomada por el otro Juez Penal Municipal de Control de Garantías también hacía referencia a una acción de tutela, entonces la admisión de la tutela por parte del Juzgado 25 era aun más improcedente: En Colombia NO se puede radicar una tutela dos veces por un mismo asunto. De este modo, si a Taborda ya le habían negado una acción de tutela por estos mismos hechos, mal haría el Juzgado en volver a darle trámite nuevamente a una nueva tutela.

Y si a eso le agregamos que la razón por la cual no se ha iniciado el Juicio contra alias Picante desde el año 2013 se debe a que los mismos abogados de él llevan a cabo maniobras dilatorias que entorpecen el proceso (lo anterior, en palabras de un Fiscal citado por El país de Cali), y a que dicha decisión la debía tomar el Juez de Conocimiento y no un Juez de Tutela, mucho me temo que el Juzgado 25 Penal Municipal de Control de Garantías de Cali merece entrar en esta lista.

ATENCIÓN: Para evitar posibles denuncias se borrarán los nombres de las personas implicadas en dichas actuaciones. No obstante se mantiene el nombre del Juzgado para que los usuarios de la justicia conozcan la línea de interpretación que está manejando dicho juzgado. Aún así, dejo en claro que los hechos que se denuncian corresponden a la realidad y yo no me estoy inventando nada.

Y así mismo, dejo en claro que esta publicación sólo busca fines académicos. Si usted, amable lector, se siente aludido, entonces lo invito a manifestar su desacuerdo y no a denunciarme, ya que no sólo no cometo ningún delito haciendo esto, sino que además estoy amparado por la misma Constitución Política de Colombia y tratados internacionales en lo referente al Derecho a la Información, a la protesta y a la libertad de expresión. Eso, y recordando que aquí no se hace mención de una persona en concreto sino de un Despacho judicial en el cual trabaja mucha gente, todo lo cual se hace en un marco de respeto personal.

3 respuestas a “Los Juzgados de la Vergüenza: Hoy, el Juzgado 25 Penal Municipal de control de Garantías de Cali”

  1. buena noche

    se que no viene al tema tratado, pero necesito saber si me puedo comunicar con usted para hacerle una consulta acerca de un derecho de petición para la libreta militar de mi hijo, llevo ya casi año y medio tratando de sacarla y siempre me ponen una traba.

    Me gusta

  2. Este tipo de situaciones como un cristiano comun y corriente sin conocimiento juridico me lleva a plantear la duda que siempre he tenido… como el sistema legal colombiano define la peligrosidad de una persona para la sociedad… cuantas personas debo matar conduciendo borracho? cuantas personas debo desmembrar ? cuantos asesinatos debo cometer u ordenar? en general cual es el tope minimo de delitos para ser declarado peligroso para los demas?

    Me gusta

Deja un comentario

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Esta web funciona gracias a WordPress.com.

A %d blogueros les gusta esto: