Si el empleador no conoce el estado de embarazo de la trabajadora, no opera el fuero de maternidad, pues este se extiende desde que se notifica dicho estado, hasta tres meses después del parto, precisó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
Según el alto tribunal, a menos de que se trate de un hecho notorio, la decisión de despido comunicada por la empresa a la trabajadora antes de conocer su estado de embarazo es eficaz. En esa medida, mientras el empleador no conozca ese hecho, no es posible presumir que el despido se debió al embarazo.
Para la Corte, otorgar este tipo de protección constituye un error, que se deriva de confundir las situaciones descritas en los artículos 239, 240 y 241 del Código Sustantivo del Trabajo. El numeral 2° del artículo 239 dispone que si el despido se produce sin el permiso correspondiente del Ministerio de Trabajo, se presume que fue por motivo del embarazo o la lactancia y no genera efectos. Por su parte, el numeral 3° de ese mismo artículo consagra que si el despido se debe a una justa causa, pero no se obtiene el permiso, el contrato termina y genera consecuencias indemnizatorias y prestacionales. Cuando el despido se produce dentro de las licencias o los descansos remunerados por parto, aborto o lactancia, se considera ineficaz, sin importar el motivo o la razón, de acuerdo con el numeral 2° del artículo 241. Finalmente, el artículo 240 prevé que si el despido se produce con la autorización pertinente, se termina el contrato sin indemnización alguna, aunque la trabajadora esté embarazada.
Vale la pena mencionar que la interpretación de la normativa laboral realizada por la Sala Laboral en esta sentencia es contraria a la propuesta por la Corte Constitucional en su jurisprudencia. Para ese alto tribunal, la notificación del estado de embarazo es innecesaria, pues es una exigencia que pone a la mujer en una condición de inferioridad frente a su empleador. (CSJ, S. Laboral, Sent. 40283, ago. 30/11, M. P. Carlos Ernesto Molina Monsalve) Tomado de Ámbito Jurídico
5 respuestas a “No hay fuero de maternidad si la empleada no comunicó su estado de embarazo a su empleador antes del despido”
Gracias doctor, esta información ha sido de gran ayuda.
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Hola Juan Carlos,
Gracias por el articulo, pude resolver algunas dudas referentes al tema, sin embargo me quedan las siguientes:
Que sucede cuando el embarazo se produce durante el estado de «periodo de prueba»?
Otra, La notificacion al empleador puede hacerse por correo electronico (email)?
Quedo atento,
Muchas gracias,
Vicente
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Por favor ayudeme con su repuesta
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Vivo ahace 6 meces con una mujer que esta por cumplir 16 años la mande a visitar a sus padres a la costa y ellos no la dejaron volver para bogota do de vivimos hace 6 meces tengo algún problema legal por vivir con ella por la edad que tiene que puedo hacer para estar con ella legalmente ya que ella manifiesta no querer estar con sus padres si no que quiere vivir acá con migo
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Buenos días tengo algunproblemas ante la ley por vivir con una mijer de 15 años en unión libre aunque sus padres no estén de acuerdo y ella quiere vivir con migo que debo hacer
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