
Respuesta corta, que todos los abogados le darán (y se burlarán de usted en el proceso): NO!
Respuesta más profesional: Depende.
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Respuesta corta, que todos los abogados le darán (y se burlarán de usted en el proceso): NO!
Respuesta más profesional: Depende.
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No!, no vale la pena. Es una soberana bobada y debe dejar de hacerlo. De hecho, así lo he advertido desde el año 2014 en mi genial artículo sobre los contratos de arrendamiento. Pero como sé que no lo leyó, aquí le explico por qué.
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Actualizado el 11 de agosto de 2019
Hace un tiempo escribí un genial artículo que habla sobre los contratos de arrendamiento de vivienda urbana, el cual tuvo una excelente acogida.
Hoy he decidido ampliar un poco un aspecto que a muchos arrendatarios les carcome, y es la terminación del contrato de arrendamiento, en especial cómo hacerlo y por cuáles causales darlo por terminado.
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Como abogado he visto con bastante tristeza como muchas personas terminan comprando, o incluso alquilando, verdaderos cañengos por fijarse solamente en aspectos estéticos de un inmueble. Esos «cañengos» derivan posteriormente en pleitos legales, muchos de los cuales se resuelven al cabo de muchos años y generan costos para ambas partes.
Por suerte, Sara Zamora, vicepresidenta nacional de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, le contó a Metrocuadrado, en el año 2014,los aspectos a tener en cuenta en la compra de una vivienda, los cuales se comparten por su gran utilidad


Actualizado el 7 de febrero de 2022
Fundamento legal: Ley 820 de 2003, Artículos 1982, 1985, 1986 del Código Civil
De acuerdo con el Dane, el 36,9 % de los colombianos vivía en arriendo para 2021, y hubo un incremento en 1,2 puntos porcentuales frente a 2019. Esto significa que más gente vive en arriendo, y que e incremento se ha dado por la pandemia. No sería nada descabellado afirmar, entonces, que somos un país de arrendatarios, que en tal condición enfrentamos distintos dilemas, problemas e inconvenientes con la ejecución de los contratos de arrendamiento, sin saber exactamente qué hacer o a dónde dirigirnos.
Esta guía la escribí en 2014, pero la he venido actualizando con los años. Le he corregido ortografía, la he pulido un poco estéticamente, y la he complementado para incluir aquello que se me escapó cuando la escribí. Por lo tanto, este artículo seguirá siendo la guía más completa sobre este tema que podrá encontrar en Colombia, explicando los aspectos más relevantes de esta figura jurídica de manera sencilla y dirigida a los no abogados. Es importante aclarar que no busco que esta guía se convierta en doctrina para abogados, aunque estoy seguro que a ellos también les servirá y me ayudarán a mantenerla actualizada con sus aportes.
Aprovecho para recordar que este artículo se lo dediqué a la novia que tenía en ese entonces, y quiero mantener esa dedicatoria. Sin ella, esta guía no habría sido posible porque se nutrió de su experiencia como trabajadora de una inmobiliaria.