Una obligación no sólo se extingue con el pago. De hecho, nuestro Código Civil establece 10 modos de extinguir una obligación. Algunos de estos modos de extinguir las obligaciones nos permite librarnos de tener que cumplirla cuando detectamos que podemos ser víctimas de fraudes (o algún familiar).
Tenga en cuenta que, para acceder a algunos de ellos, debe existir la declaración de un Juez, previo proceso declarativo. Por ello, es importante que toda persona se asesore primero antes de proceder a iniciar estos procesos.
Y por asesoría no me refiero simplemente a un abogado que lo acompañe en ese proceso, sino a una asesoría jurídica especializada como la que yo ofrezco. Por ello, si necesita iniciar un proceso de este tipo, lo invito a consultarme para no perder tiempo y dinero en acciones inoficiosas.
| Modo | Definición |
| Pago efectivo | Entregar aquello a lo que se comprometió a cambio de la obligación. No siempre es dinero |
| Novación | Sustitución de una obligación por otra. |
| Transacción | Contrato entre las partes. |
| Compensación | Dos personas son al mismo tiempo deudoras la una de la otra. |
| Remisión | Perdonar una deuda |
| Confusión | Concurren en una persona la calidad de deudor y acreedor |
| Prescripción | Se termina el tiempo para ejercer las acciones de reclamar el derecho al cumplimiento de las obligaciones |
| Pérdida de la cosa que se debe | Cuando la obligación es de entregar un cuerpo cierto |
| Por el evento de la condición resolutoria | Se da la condición estipulada |
| Declaración de nulidad o recisión | Por vicios en el contrato o incumpliendo |
Fuente: Gerencie.com (con acceso al 15 de julio de 2015)

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