Hablemos sobre el Habeas Corpus

cómo presentar un habeas corpus en Colombia

Debido a la grave situación de orden público que se vive actualmente en Colombia, y para complementar algunos vídeos que hice en Tiktok sobre el tema, voy a explicarles qué es el Habeas Corpus. por qué debe tenerlo en cuenta y qué hacer si usted es capturado por cualquier organismo judicial y considera que la captura es ilegal.

Contenido

Fundamento legal
¿Qué es el Habeas Corpus?
Término para solicitarlo.
¿Cómo se presenta?
¿Puedo presentar un habeas corpus de noche?
¿Cuánto tiempo tiene el juez para resolverlo?
¿Qué pasa si el Juez de habeas corpus declara que la captura fue ilegal?
Pero el Juez de control de garantías es quien determina la legalidad de una captura…

Fundamento legal:

  1. artículo 7.6 del Pacto de San José de Costa Rica
  2. Artículo 30 de la Constitución Política de Colombia.
  3. Corte Constitucional, sentencia c-187-06
  4. Ley 1095 de 2006.
  5. Artículo 2 de la ley 906 de 2004.
  6. Artículo 21 de la ley 1908 de 2018

¿Qué es el Habeas Corpus?

Es un derecho humano que garantiza que toda persona capturada por organismos judiciales o de policía de un país, sea presentada ante un Juez competente para que decida sobre la legalidad de su arresto.

El Habeas Corpus cumple con dos funciones: Preventiva y correctiva. “Francisco D´Albora (1993, en Álvarez 2008) define dichas funciones así: la función reparadora tiene como fin primordial restablecer la libertad de la persona que ha sido privada ilegalmente de ella, bien sea porque se ha hecho sin orden escrita de autoridad competente o con violación de las formalidades o motivos previamente definidos en la ley. La preventiva por su parte busca la protección de quien ve amenazada la libertad, sin que opere en el momento. La correctiva busca evitar el agravamiento de la forma y de las condiciones en que se adelanta la privación de la libertad”

Término para solicitarlo.

El artículo 30 de la Constitución Política, y el artículo 7.6 del Pacto de San José de Costa Rica no definen ningún término para solicitarlo. Mientras que la Constitución garantiza que este se puede interponer en cualquier momento, el Pacto de San José de Costa Rica, del cual Colombia es firmante, exige que le mismo no puede tener ningún tipo de restricciones.

Por eso, no comparto la postura de quienes dicen que el habeas Corpus sólo se puede solicitar después de 36 horas detenido sin ser presentado ante un Juez, ya que, si bien el artículo 2 de la Ley 906 de 2006 garantiza dicho término como perentorio para presentar a un detenido ante un Juez, no puede ignorarse que la captura exige una serie de formalismos para que esta proceda, entre lso cuales se encuentra leer los derechos del capturado y garantizar su integridad física. Adicionalmente, el habeas corpus cumple con una función preventiva de delitos de desaparición forzada, reconocida por la Corte Constitucional en la sentencia C-187 de 2006.

Así, no tendría ningún sentido que en manifestaciones como estas, donde la Policía y el ESMAD están capturando personas sin motivo aparente (porque no sólo se están llevando manifestantes), tapándose las placas e insignias, y encima no indican a dónde se lo llevan, el capturado deba esperarse además 36 horas para que lo presenten ante un juez de control de garantías, ya que entonces dicho término se convierte en una camisa de fuerza para la garantía de la integridad del capturado, con riesgo de que ocurra lo que pasó anoche en la Estación de San Francisco, como consta en estos vídeos: https://www.youtube.com/watch?v=SOlPNmsfhY8

¿Cómo se presenta?

Se puede presentar de manera verbal o escrita.

De manera verbal, se puede presentar ante cualquier juez de Colombia, por mandato expreso del artículo 30 de la Constitución Política, y de la Ley 1095 de 2006.

Por escrito, se puede presentar desde este enlace: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/TutelaEnLinea

Para presentar un habeas corpus por escrito, pueden descargar este formato que no hice yo, pero me lo compartieron y hoy se los quiero compartir con ustedes, advirtiendo que si bien va dirigido a jueces penales, lo cierto es que este puede ser dirigido ante cualquier jurisdicción.

¿Puedo presentar un habeas corpus de noche?

Si, claro. Puede presentar esta acción constitucional las 24 horas del día, los 365 días del año.

¿Cuánto tiempo tiene el juez para resolverlo?

El juez de conocimiento tiene 36 horas para resolver el habeas corpus, término dentro del cual debe entrevistarse con el detenido.

¿Qué pasa si el Juez de habeas corpus declara que la captura fue ilegal?

  1. Ordena la libertad del recurrente.
  2. Compulsa copias a los órganos competentes a fin de que investiguen a los implicados en la captura ilegal.

Pero el Juez de control de garantías es quien determina la legalidad de una captura…

Son cosas diferentes. No es lo mismo una captura en el marco de un debido proceso penal, bien llevado, a una detención ilegal en la calle a las 3 de la mañana con abuso de autoridad incluído, y sin motivo aparente.

Ahora, yo no soy penalista, y puede que haya incurrido en imprecisiones en este aspecto, por lo que si usted tiene otro criterio, le invito a complementar el artículo en la caja de comentarios. En este momento estamos aprendiendo todos a usar esta figura para buscar su aplicación inmediata, y urgente, en favor de aquellos que han detenido en las marchas y que, en algunos casos, están desaparecidos.

Una respuesta a “Hablemos sobre el Habeas Corpus”

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Crea una web o blog en WordPress.com