Esta es la tercera parte del artículo sobre las modificaciones que trajo consigo recientes cambios en la legislación colombiana sobre las sucesiones (y que usted no ha leído por perezoso), continuando con los cambios que trajo la Ley 1934 de 2018.
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¿Qué modificaciones sufrió el régimen de sucesiones en Colombia? PARTE 2: Órdenes Sucesorales y legitimarios
Artículo actualizado el 9 de septiembre de 2018. Continuamos con la segunda parte del artículo más esperado de este blog por toda Latinoamérica unida, en el cual abordaremos la Ley 1934 de 2018 por fin. Sin embargo, y aunque la Ley 1934 de 2018 es corta (sólo tiene seis páginas), abarca muchas materias y me gustaría abordarlas por separado. Es eso, o termino haciendo otro megapost como el de contrato de arrendamiento, el cual mucha gente me ha dicho que es una entrada muy densa que casi nadie lee.
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¿Qué modificaciones sufrió el régimen de sucesiones en Colombia? Parte 1: Indignidad Sucesoral.
Hace rato tenía pendiente hablar de este tema tan importante, ya que estas modificaciones comenzaron en mayo y continuaron hasta el 2 de agosto. Si bien, muchas de ellas no entrarán en vigencia sino a partir de enero de 2019, y no afectará las sucesiones que se realicen antes de esa fecha, se debe hacer pedagogía del tema desde ya, como quiera que estamos frente a la modificación al Código Civil más importante en los últimos 10 años.
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¿Qué pasa con mis bienes si muero y no tengo herederos?
Actualizado el 2020-02-24 ¿Es usted una persona solitaria y miserable que lo único que tiene en la vida es plata o un pinche perro o gato? ¿No encontró su media naranja por querer conseguir dinero, y ahora es tan pobre que sólo tiene dinero? ¿declaró indigno a su único heredero? ¿Le preocupa saber qué pasará con sus bienes cuando fallezca? Entonces este artículo es para usted.
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La porción Conyugal y los Gananciales: Un caso práctico
Este caso de 1997 le ayudará a comprender mejor el papel de la figura de los gananciales y la porción conyugal en la sucesión, además de servir de orientación para aquellas personas que, por el motivo que sea, se pueden quedar sin gananciales en una sucesión donde fallece su cónyuge.