Actualizado el 21 de noviembre de 2019
Aunque hace una semana entró a regir el capitulo de insolvencia de persona natural no comerciante, nadie parece haber caído en cuenta de las bondades de este nuevo procedimiento que introduce el Código General del Proceso. Esto se agrava aun mas con la desinformación que circula en los medios de comunicación que agrava y profundiza mas el desconocimiento de miles de deudores en Colombia (como la burrada que publicó el periódico Portafolio el 30 de septiembre de 2012 que asegura que para acogerse al procedimiento de insolvencia necesita certificar sus ingresos con un contador LO CUAL ES FALSO, como el 50% de ese artículo)
Quizás la única ventaja que se ha mencionado en los periódicos es que al deudor no se le podrán cortar los servicios públicos una vez se acoja a este procedimiento. Este beneficio, aunque muy ventajoso, es completamente ajeno a la realidad de millones de colombianos que SOLO LE DEBEN A LOS BANCOS! Y que simplemente dejan de pagarle al banco porque no quieren que les corten los servicios, lo cual es un acto de inteligencia aunque no le guste al banco.
Por lo tanto, los deudores deberían conocer los demás beneficios que les trae este nuevo procedimiento y que mejorarán la calidad de vida del deudor. Entre esos beneficios encontramos:
- la suspensión de todos los procesos en su contra
- la desaparición inmediata de su nombre de las centrales de riesgo (si cumple el acuerdo), el levantamiento de los embargos en contra de un inmueble
- la cancelación de prendas e hipotecas
- y la mejor de todas, la conservación de su patrimonio intacto si cumple con el acuerdo (cosa que no podría hacer el deudor con un proceso ejecutivo en contra).
11 respuestas a “Insolvencia persona natural no comerciante: Ventajas del nuevo procedimiento (Art. 531 del CGP)”
Buenas noches !! Lo leí y vi una luz , a quien le puedo pedir asesoría acerca mi caso ?
Me gustaMe gusta
Buenas noches. Puede solicitar asesoría jurídica sobre insolvencia de persona natural no comerciante al 3042874360
Me gustaMe gusta
Buen dia, quiero saber como me puedo acoger a este mecanismo juridico desde un pueblo como puerto lopez, meta, dado que tengo pasivos que ya no puedo cumplir por mi crisis economica y tengo un pasivo con un acreedor particular, que me acosapor telefono personal y laboral, que me persigue en la calle con su moto y me insulta y humilla en plena via publica, que puedo hacer? A quien puedo acudor? Gracias
Me gustaMe gusta
Buen dia, quiero saber como me puedo acoger a este mecanismo juridico desde un pueblo como puerto lopez, meta, dado que tengo pasivos que ya no puedo cumplir por mi crisis economica y tengo un pasivo con un acreedor particular, que me acosapor telefono personal y laboral; que me persigue en la calle con su moto y me insulta y humilla en plena via publica, que puedo acer? A quien puedo acudir?. Gracias
Me gustaMe gusta
Estimado Dr. Juan Carlos,
He leído todo lo que usted a escrito sobre la INOC y «Los abusos de las casas de cobranza: ¿cómo defenderse?», le quiero agradecer por que la verdad he tenido una gran orientación para mi caso; sin embargo tengo una inquietud, la cual le comentaré en la seccion de consultas. Gracias por brindarnos su conocimiento sin ningun interés más que el de informarnos a los ciudadanos de «a pie».
Me gustaMe gusta
excelente orientacion!!!
Me gustaMe gusta
Yo soy comerciante, que diferencias sustanciales hay para acogerme a la ley de insolvencia para comerciantes.
Me gustaMe gusta
Rodrigo, en este blog no se responden este tipo de preguntas por violar los términos. recomiendo leer la Ley 1116 que es la Ley de insolvencia para comerciantes
Me gustaMe gusta
Rodrigo, esta pregunta viola los términos por ser académica. Recomiendo consultar la Ley 1116 de 2006 que es la Ley de Insolvencia para comerciantes
Me gustaMe gusta
estoy muy interesado en el tema de insolvencia economica.
necesito me colaboren.
Me gustaMe gusta
Rafael, recuerde que para solicitar una asesoría jurídica especializada lo puede hacer a través de este blog.
Me gustaMe gusta