Actualizado el 6 de marzo de 2021
Este artículo está disponible en modo podcast: https://youtu.be/H9JA-QCDW2A
Han pasado ya cinco años desde que escribí mi artículo «LO QUE LE PUEDE PASAR (Y LO QUE NO) POR TENER DEUDAS SIN PAGAR«. Artículo que se ha convertido en referente para todos los deudores desde entonces. Tanto así, que es uno de los más leídos del blog actualmente.
Sin embargo, he decidido enfocarme en esta inquietud porque sigue siendo la más común y la que más asusta a los deudores morosos en Colombia, posiblemente por cuenta de las amenazas de algunos cobradores. Este pánico se ha profundizado más ahora que existe el régimen de Insolvencia de Personas Naturales No Comerciantes, que ha llevado a que mucha gente tenga miedo de acogerse al régimen.
Así que, si usted tiene esa misma duda, hoy tendrá una respuesta que le permitirá dormir tranquilo.
Contenido
- ¿Me pueden meter a la cárcel por tener deudas?
- ¿En qué países meten a la cárcel a las personas por tener deudas sin pagar?
- ¿Es justo?
- Conclusión
¿Me pueden meter a la cárcel por tener deudas?
Simple y llanamente, no. No pueden meterlo a la cárcel por tener ALGUNAS DEUDAS. Y aunque esta postura legal suena algo chocante para algunos abogados (sobre todo los neofitos), lo cierto es que, a pesar del tenor literal del arículo 28 de la Constitución Politica (el fundamento legal sobre el cual no puede ir a la cárcel por deudas), mucho me temo que a lo largo de toda la legislación penal se observan varios casos en donde esto es técnicamente posible.
En efecto, el artículo 28 de la Constitución Política de colombia (que simplemente desarrolla el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) establece lo siguiente:
ARTICULO 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.
La persona detenida preventivamente será puesta a disposición del juez competente dentro de las treinta y seis horas siguientes, para que éste adopte la decisión correspondiente en el término que establezca la ley.
En ningún caso podrá haber detención, prisión ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles.
Hasta ahí, todo en orden. Pensarán algunos que hasta te puedes salir con la tuya y no pagar las deudas porque no tendrás un castigo «real» por ese impago. Pero el error que cometen quienes piensan así es no tener en cuenta que el legislador creó mecanismos que protegen los derechos de ciertos acreedores afectados por conductas inapropiadas de algunos deudores. Estos deudores, desde un punto de vista formal, no irán a la cárcel por tener deudas, sino por realizar otras conductas que lo llevaron a tener dicha deuda.
Esas «deudas» que lo van a mandar a la cárcel son las siguientes:
- las producidas por inasistencia alimentaria en favor de un menor de edad.
- Las producidas por haber emitido un cheque sin fondos, a sabiendas que no los tenía.
- Cuando usted haya aportado información falsa a su acreedor, o bien, haya recurrido a maniobras engañosas para que le dieran un crédito (como una carta laboral falsa, por ejemplo)
- Cuando sean producto de una estafa.
- Cuando usted le deba a la DIAN dineros que estaban en su poder por concepto de IVA o Rete Fuente. Y esto ocurre porque esos dineros nunca fueron suyos, por lo cual al malgastarlos usted básicamente le robó al Estado.
En el primer caso, se configura el delito de inasistencia alimentaria, que busca proteger los intereses de los alimentantes afectados por el impago de esa obligación. En el segundo, se configura el delito denominado «fraude mediante cheque», que sólo cometen los titulares de cuentas corrientes que emitan cheques chimbos. En el tercer caso, se configura el delito de falsedad en documento privado. En el cuarto se configura el delito de estafa y en el último caso, el delito de omisión de agente retenedor o recaudador (según si debe Retefuente o IVA).
En los demás casos, como deber una tarjeta de crédito, las cuotas de la hipoteca de la casa, el leasing habitacional o esa loción de Yambal que nunca pagó, jamás irá a la cárcel.
¿En qué países meten a la cárcel a las personas por tener deudas sin pagar?
Encontramos actualmente que estos países castigan el tener deudas con cárcel:
- Estados Unidos. Vale anotar que en este país no envían a los deudores a la cárcel por tener las deudas per sé, sino por otra serie de leguleyadas como desacatar ordenes de un juez o no pagar multas de tránsito. Esta práctica ha sido denunciada por varias entidades que protegen los derechos civiles en ese país, y se han logrado cambios en esas prácticas de recolección de cartera gracias a ello.
- Malta. En Malta, no pagar las deudas se castiga con cárcel, pero todos esos deudores son enviados a una prisión especial destinada a ellos.
- Grecia. Así es, el país que no puede pagar su abultada, e irresponsable, deuda externa castiga con cárcel a los deudores. Que ironía.
- Emiratos Arabes Unidos. ¿Se acuerdan de esos vídeos en internet donde se veían ferraris o lamborghinis abandonados en Dubai? Pues esa es la razón por la cual lo hacen. En ese país es normal, incluso se sugiere, abandonar el país para poder negociar las deudas.
En el resto del mundo, encarcelar a un deudor es una práctica en desusos que ni siquiera practican las dictaduras. No al menos de manera oficial. Y este es el caso de Colombia, donde la cárcel por deudas no es más que una vulgar manera que tienen los chepitos para asustar deudores morosos y así lograr el pago de sus obligaciones más rápidamente.
¿Y esto es justo, señor Juan Carlos? No sería mejor que los deudores de mala fe fueran a la cárcel?
No voy a entrar a definir si es, o no, justo que un deudor moroso vaya o no a la cárcel por tener deudas, ya que ciertamente estamos de acuerdo en que no pagar las deudas, teniendo los medios suficientes para hacerlo, es una canallada. Pero, meter a la cárcel a un deudor tiene ciertas implicaciones:
- ¿Quién definiría qué clase de deudores irían la cárcel? Esto es importante, porque no todos los deudores son iguales: Por más enojado que pueda estar usted porque un deudor no paga sus deudas, estoy seguro que está de acuerdo en que no se imagina a una señora como la de este caso compartiendo celda con cualquier Garavito sólo porque no pudo pagar una libranza por quedarse sin trabajo.
- La cárcel no garantiza el pago de las deudas. De hecho, empeoraría la situación de deudores y acreedores por igual. Y es apenas lógico, ya que alguien privado de la libertad no va a pensar con claridad en generar ingresos, dado que para empezar no tendría cómo. Así que, a menos que usted sea un sociópata que le gusta ver a la gente sufrir por puro placer, ver a un deudor en la cárcel no sirve para nada.
- La cárcel no tiene ningún poder disuasorio para evitar que se cometan delitos. Y si no me cree, lo reto a revisar la legislación de cualquier país: Verá que aunque hay varias conductas que se castigan con cárcel, como el homicidio, estas aún se cometen (en mayores o menores proporciones según el país). La única forma en que no se cometa un delito tipificado es porque ese delito involucra una especialización tal que sólo lo puede cometer muy poca gente (como el Genocidio, o el delito imbécil del artículo 133 del Código Penal colombiano).
- Los acreedores también tienen la culpa de que el deudor no haya podido pagar sus deudas: penalizar el tener deudas es una posición cómoda para el acreedor irresponsable que le va prestando a cualquier varado sin siquiera analizar los riesgos que ello conlleva. Incluso, podría ser usado de forma dolosa por acreedores inescrupulosos que quieren meter a alguien a la cárcel, prestandole dinero a sabiendas de que no podrá pagarle.
De esta forma, y como ya vimos que ocurre en los países en donde sí se castiga a los deudores con cárcel si no pagan las deudas, vemos como sus tasas de endeudamiento no bajan para nada, e incluso, algunos de esos países se encuentra en quiebra. Y en algunos de ellos, es normal ver como los deudores dejan abandonados sus bienes con tal de irse del país para no ir a la cárcel (algo que sale mucho más barato que pagar la deuda).
Conclusión
No se puede ir ala carcel por deudas en Colombia. Aunque muchas casas de cobranza, y abogados de Banco lo manifiestan para asustar deudores morosos, lo cierto es que la misma Constitución colombiana lo permite.
Ahora bien, si fuera legal, sería el método más idiota para recaudar dinero, dado que la cárcel deja al deudor con pocos, o nulos ingresos. Es por ello que el delito de inasistencia alimentaria debe desaparecer y, en vez de cárcel, castigar al alimentante deudor con un reporte negativo o la prohibición de contratar con el Estado o realizar cualquier trámite con las Cámaras de Comercio.
23 respuestas a “¿Hay en Colombia cárcel por deudas?”
Buenas noches Dr. Muy ilustrativo el articulo. Me gustaria consultarle sobre un caso: en el año 2017 un familiar se quedó sin trabajo fijo en una empresa. En ese momento tenia varias deudas con 5 bancos. Desde entonces no ha tenifo trabajo fijo y solo tiene trabajos por prestacion de servicios muy escasos y dejo de hacer pagos por falta de ingresos. Tiene un menor a csrgo. Ha pagado algunas de las deudas, pero aun quedan pendientes con 4 bancos y algunad deudas ya fueron vendidas a terceros. No sabe qué hacer ya que no tiene recursos para comprometerse a un acuerdo de pagos o saldar las deudas que ademas ya estan muy altas. Lo amenazan con iniciar proceso juridico. Cual es su mrjor opcion? Mil gracias
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Buenas tardes doctor para preguntarle si una persona que está en la cárcel y ya no puede pagar una obligación tiene problemas por cobrojurico agradezco su pronta respuesta
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Hola Arbey. Las personas en la cárcel solo perdieron la libertad, y según el delito, derechos políticos. Por tanto, sigue siendo responsable de sus deudas estando en la cárcel.
¿Pero cómo paga alguien que está en la cárcel? En ese caso, sus acreedores pueden demandarlo, como parece que ocurre en su caso. Si es demandado, el reo puede defenderse, y puede contratar a un abogado para que lo defienda. Así mismo, puede llegar a acuerdos de pago y similares, incluso acogerse a insolvencia.
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Doctor buenas tardes quiero comentarle que solicité un crédito por una aplicación la cual me desembolsaron dos veces 490 mil cuando fui a mirar el valor del crédito son millón 750 eso es muchos intereses yo no tengo todo eso ellos me dicen k si no pago van a llamar a todos los referidos y me van a embargar la cuenta yo les dige k hiciéramos un acuerdo de pago así yo les pagaba pero me dicen k no toca todo pero yo no tengo todo ese dinero los intereses son muy alto en la aplicación no se mostró ese interés le agradezco si me puede orientar k hacer
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Jimmy, esos acreedores son unos gota a gota virtuales. Sugiero denunciarlos ante la Fiscalía por el posible delito de usura y acoso.
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Doctor buenas tardes quiero comentarle que aún no hago acuerdo con la aplicación del préstamo yo les sugiere pagarles a cotas el crédito pero me dicen que me van a demandar por fraude prestamista . ..??Eso lo pueden hacer.. doctor y que le van a cobrar a todos mis contactos..ellos no quieren arreglar si no que quieren que les de la plata de una yo no tengo dodo ese ahora me dicen que pague 882 mil o si no que pague la mitad.. Gracias por la orientación que me pueda brindar..
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Buenas tardes doctor
Lo que pasa es que mi mama sacó un crédito es stirpe y ella se quedo sin trabajo, la verdad a tenido muy pocos ingresos y por el momento ella no puede cubrir esta deuda. La ab llamado para hacer acuerdos de pago y lo que ella si a aceptado pero ella queda de mandar tal día y la llaman días antes a decirle que tiene que pagar ya si no no se puede hacer nada, hoy la llamaron a decirle que tiene una demanda de estirpe y que ya va con juez y le dan solo tres días para pagar si no la arrestan es verdad eso ? La deuda ya va por un millon , pero la verdad en esye momento no podemos hacer nada yo estoy en embarazo y no e podido trabajar y ella lo que trabaja es para medio sobrevivir, hay que podemos hacer, si es posible que ella vaya a la cárcel por esa deuda
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Buenas tardes
DR: JUAN CRLOS, de ante mano quiero felicito por la labor que hace de orientar a quienes mas lo necesitan en este campo. Tengo una consulta que hacer y le agradecería mucho su orientación, tengo algunas deudas con unas entidades bancarias pero no cuento con solvencia económica para cancelarlas, me llaman para decirme que me van a embargar pero no tengo ningún bien a nombre mío.
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Buen dua,mi pregunta es me llamaron del operador que tebgo diciendo que me gabe 15000000 millones de pesos,que tenia que activar unoos codijos,,estos codijos eran realuzar unas recargas en una tienda lo hice las recargas sumaron 5720000,despues me fui a otra tienda y ahi fuero 1000000,esta llamada fue falsa ahora tebgo yo esa deuda que pueden hacer los dueñis de las tiendas,ellos se quedaron con esos recibos
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Buenas tardes doctor a mi esposo una entidad financiera le prestó un monto de 600 millones el es pensionado y el préstamo era para libre inversión el cual no pudo pagar que consecuencias tiene mi esposo en ese caso gracias
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Buenas tardes. Las consecuencias para él serán las visibles en mi artículo Lo que le puede pasar (y lo que no) por tener deudas sin pagar.
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Tengo una deuda con la empresa que trabajaba, me tienen demandada pero no tengo con q pagar. Que me pueden hacer?
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Buenas que pasa si tengo una deuda por más de 200 m. Llones y por causas de la vida perdí. El capital y no puedo seguir pagando. Y si me demandan y soy requerido por un juez y no me presento.
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pueden meterme a la cárcel por no pagar una deuda la cual esta firmada en una letra de cambio y fue hace 3 años y el prestamista consintió esa deuda al ser amigo y dijo que no la pagara ?
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tengo una deuda con una inmobiliaria ellos amenazan que no pague porque hice alzamiento de bienes los bienes que tenia los pase a mis hijos hace mas de treinta años pueden reclamar o embargar esos bienes?
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Buenas tardes.
¿Qué sucede si me citan a un juicio por deuda con una entidad bancaria y no me presento?
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saque unos libros a credito la verdad me he encontrado sin trabajo y sin poder pagar solo mantener mis gastos de hogar como alimentacion,y servicios el acreedor a llamado a mis familiares ,y ha amenazado con poner un denucio por hurto esto lo pueden ha¿cer
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no
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La Dian me ha requerido por omisión en una declaración de renta del año 2013, en el expediente dice que una comunicación no fue respondida a tiempo, ya que no encontraron al destinatario y me sancionan de acuerdo a una tabla de valores, con una obligación exagerada e impagable.
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José, tendría que analizar el caso a ver qué pasa con ese procedimiento. Si gusta puede solicitar una consulta jurídica especializada al 304 287 4360
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Buenas noches. Tengo una deuda con una entidad financiera. Mi madre fallecio y nos dejo una casa que esta a nombre de élla y de la cual está por hacerse la sucesion . Esta deuda afecta la sucesion?
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Buenas noches. Tengo una deuda con una entidad financiera. Mi mama fallecio dejo una casa que esta a nombre de élla y de la cual está por hacerse la sucesion. Esta deuda afecta la sucesion
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Gracias doctor cada dia voy aprendiendo
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