Actualizado el 27 de octubre de 2021
La Corte Constitucional aprobó la ley de borrón y cuenta nueva mediante sentencia C-282 de 2021, que al momento de escribir este artículo se encuentran en espera de documentación y recolección de firmas.
Sin embargo, como ya es costumbre, la Corte Constitucional emitió el comunicado 32 de agosto 25 de 2021, el cual resume la decisión que quedará consignada en el texto final de la sentencia.
En resumen, del texto estudiado se infiere que:
- Se declara inconstitucional la expresión “administrativo positivo”, pero se mantienen los efectos en caso de que la entidad no responda (que son la aceptación de la petición de eliminación del reporte)
- No se podrá consultar la información crediticia para pedir empleo, ni siquiera en el sector financiero. La Corte Constitucional declaró inexequible la excepción que así lo permitía.
- Las entidades tendrán 18 meses como máximo, contados a partir de que esta entre en mora, para reportar una obligación. Antes se contaban después de que se hiciera exigible, de modo que esto podría dar pie a malos entendidos.
Puede descargar el comunicado aquí.
El fallo completo lo puede descargar aquí: