Gracias al gran mico que el supbresidente Duque nos metió con la Ley 1997 de 2019
(más…)Categoría: Derecho Internacional Privado
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Lo que debe tener en cuenta al tramitar un divorcio entre un extranjero y un colombiano
Fundamento legal: Art. 251 C.G.P, Convenio de La Haya de 1 de junio de 1970 sobre el Reconocimiento de Divorcios y de Separaciones Legales (no sé si ha entrado en vigencia en este país, ya que Colombia no es un país socio de la Conferencia de La Haya, pero mucho de lo que dice ahí Colombia ya lo aplica), Art. 163 y 164 del Código Civil, Ley 1 de 1976, Ley 33 de 1992, artículo 28 C.G.P
Aunque ya hablamos sobre el divorcio en Colombia con suficiencia en este espacio, existen particularidades que se deben tener en cuenta cuando este trámite se realiza entre una persona colombiana y otra extranjera. Hoy me referiré a ellas.
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Hablemos sobre el Exequatur ¿Es un trámite costoso?
Hace rato quería escribir sobre este tema. Así que, como soy perezoso, preferí compartirles este interesante artículo que escribieron unos colegas, que servirá para ilustrarlos de la importancia de este trámite, que yo también realizo.
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Recomendaciones de la Cancillería para quienes viajen con menores de edad.
Como se acerca la semana santa (dedicada al único santo que respeto: El Santo Ocio), este artículo se hace necesario. Y que mejor que la misma Cancillería para que nos de recomendaciones a tener en cuenta en esos casos en donde usted, de forma valerosa y desconsiderada con los demás pasajeros del avión, decide viajar con un niño.
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Hablemos sobre la Apostilla y la Legalización
Si alguna vez necesita hacer un trámite en el extranjero, o si es un extranjero y desea hacer un trámite en Colombia, necesariamente tendrá que hacer apostillar algunos documentos. Pero, ¿Qué es la apostilla? ¿Es necesaria en todos los casos?
Aunque de forma un poco desorganizada, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia respondió a la primera pregunta mediante un manual muy completo que hoy les comparto:
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¿Cómo solicitar alimentos a un padre o una madre que está en el exterior?
Si usted desea iniciar un proceso de alimentos contra un padre o una madre que esté en el exterior, usted debe de tener en cuenta lo siguiente:
1. El padre/madre irresponsable debe de estar en un país que haga parte de la Convención de la ONU para la obtención de alimentos en el extranjero (países signatarios aquí http://goo.gl/Jr7mD)
O bien, hacer parte de la Convención Iberoamericana sobre obligaciones alimentarias (países signatarios aquí http://goo.gl/dBbJy)
2. El padre/madre interesado debe de presentar la solicitud de alimentos internacionales ante el centro zonal del ICBF que esté más cercano al lugar de domicilio del menor para que el Defensor de Familia le brinde el apoyo necesario.
Así mismo, puede presentar la solicitud ante la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, para lo cual necesita un abogado.
Ojo: tenga en cuenta que esas entidades sólo cumplen con remitir las solicitudes a los países donde se encuentren los padres irresponsables. Mas no tienen facultad para impulsar esas solicitudes y tiene la obligación de notificar las providencias.
3. Usted debe de tener muy claro el lugar de ubicación del demandado. Incluso, si es posible, debe de aportar las direcciones que ha tenido en los últimos 5 años en ese país y también indicar en qué y en dónde trabaja. No olvide indicar los nombres completos de todos y anexar los registros civiles de nacimiento de los menores.
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