Juez denuncia a abogado porque le regaló un libro

Juzgados de la Vergüenza Colombia

O como el Juzgado 25 Civil Municipal de Cali entró, por tercera vez, a los Juzgados de la Vergüenza.

El Juez 25 Civil Municipal de Cali, señor Jorge Albeiro Cano Quintero, quien ha promovido una persecución judicial en mi contra únicamente por denunciar los errores conceptuales en los cuales ha incurrido en el ejercicio de su cargo, ha llegado demasiado lejos al denunciar a un colega porque le regaló un libro.

Aunque suene increíble, el colega (por ahora prefiero omitir su nombre), en una carta de fecha febrero 16 de 2015 (aunque se cree que en realidad la envió en diciembre) decidió hacer un regalo a los jueces en Cali, acompañado de este escrito:

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Pueden ver más detalles de la denuncia, y los documentos que el abogado aportó, en este enlace.

Como pueden ver, el regalo consistió en lo siguiente:

  1. El libro «Tras la Baranda», escrito en los años 90 por Jaime Moreno García UN EX MAGISTRADO DEL CONSEJO DE ESTADO que tiene en su haber varios libros en los cuales expresa, con un gran sentido del humor, lo que sucede en el ejercicio del derecho en Colombia.  Aquí les dejo una entrevista al autor hecha en 2008.
  2. Un borrador de un libro que el abogado pretendía publicar a mediados de 2015 (no sé si lo hizo)
  3. Además, aunque no lo relaciona en el escrito, adjuntó una copia de una entrevista titulada «Los Jueces de Cali desprecian el Trabajo de los Litigantes»

Quien lea ese escrito y los demás que acompañan la denuncia disciplinaria fácilmente llegarán a la conclusión de que ahí no pasa nada, ya que el colega nunca señaló de absolutamente nada al Juzgado 25 Civil Municipal, ni a sus empleados, ni al operador judicial que lo administra, sino que le hizo tres simples regalos con historias ficticias de juzgados. Pero eso mismo no pensó el señor Cano Quintero, quien de manera inexplicable denunció al colega que le regaló el libro aduciendo que el colega trató de “enlodar tanto mi actuación como Juez 25 Civil Municipal, como la de los empleados del Juzgado” con dicho regalo.

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Al parecer, el señor Cano Quintero está pretendiendo que se le de alcance al Código Disciplinario del Abogado a cualquier actuación que un abogado realice por fuera de su profesión. Como si ser abogado limitara de algún modo el derecho fundamental a la libertad de expresión y por demás pretende que un togado en derecho simplemente deje de manifestarse, aún de manera retórica, sobre las faltas y delitos que se cometen al interior de la rama judicial. Errores que no solo no son un secreto para ningún colombiano sino que, inclusive, llevaron al exmagistrado Jaime Moreno García a escribir Tras La Baranda, y otros libros de ficción similares que exponen con humor la corrupción al interior de la entidad encargada de administrar justicia.

Por demás, cuando leí la denuncia disciplinaria contra el colega por haber regalado un libro no pude más que pensar que se necesita tener mucho tiempo libre para dejar abandonados los más de mil procesos que le llegan al año a se juzgado, y preferir denunciar a un abogado de “enlodar tanto mi actuación como Juez 25 Civil Municipal como la de los empleados del Juzgado” solo porque le regalan un libro. Eso, o simplemente estamos frente a gente tan vanidosa que cree que un exmagistrado del Consejo de Estado escribió un libro como Tras La Baranda pensando en un pequeño Juzgado de Cali, que si no fuera por estas denuncias jamás habría trascendido más allá de los usuarios que tiene a diario. ¿Será acaso que se sienten aludidos por la trama de Tras la Baranda?

Ojalá el Magistrado que lleve esas denuncias de aplicación al siguiente artículo de la Ley 1123 de 2007:

ARTÍCULO 69. QUEJAS FALSAS O TEMERARIAS. Las informaciones y quejas falsas o temerarias, referidas a hechos disciplinariamente irrelevantes, de imposible ocurrencia o que sean presentados de manera absolutamente inconcreta o difusa, darán lugar a inhibirse de iniciar actuación alguna.

Advertida la falsedad o temeridad de la queja, el investigador podrá imponer una multa hasta de 180 salarios mínimos legales diarios vigentes. Las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias de los Consejos Seccionales de la Judicatura, en los casos que se advierta la temeridad de la queja, podrán imponer sanción de multa, previa audiencia del quejoso, por medio de resolución motivada contra la cual procede únicamente el recurso de reposición que puede ser interpuesto dentro de los dos días siguientes a su notificación personal o por estado.

Actualización: En Junio de 2017, me enteré que el abogado afectado por las denuncias de Cano Quintero fue finalmente absuelto por las faltas disciplinarias endilgadas por este sujeto. Por lo que el caso fue archivado. Como razones para hacerlo, se ratifica que la libertad de expresión prima sobre el derecho al buen nombre.

La verdadera naturaleza de estas denuncias y por qué los Magistrados nunca darán aplicación al artículo 69 del Código Disciplinario de la Abogacía.

Hace unos meses, publiqué este artículo en Las2Orillas sobre las denuncias que me estaba haciendo el Juez 25 C.M de Cali por haber hecho pública su  especial percepción del espacio tiempo, al indicar que una Ley vigente, y reglamentada, desde el 2012 entraba a regir en 2016. Frente al mismo, recibí respuesta de un imbécil en el mismo portal, en la cual me acusó , fuera de ser soberbio, de lo siguiente:

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Lo que se observa, por tanto, es que la molestia de estos personajes no se debió a que haya hecho públicos sus errores, sino por el «tonito» utilizado y porque, a su juicio, yo como abogado no puedo criticar los errores de un Juez sólo porque no soy uno.

Podría informar, tanto al Juez 25 Civil Municipal de Cali, como al enano mental que escribió ese texto donde me critican, que yo no necesito de ninguna calificación para exponer la labor mediocre de algunos jueces, demostrarles como la mismísima Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que puedo exponer esto “incluso en un tono duro, contundente, sarcástico, irónico o irreverente, sobre todo contra las autoridades y los aparatos del Estado”. Podría expresarles que la Corte Interamerican de Derechos Humanos también estableció que «Lo propio hizo la Corte Suprema de Justicia de  Argentina, que en una sentencia del 2012  recordó que “la libertad (…) comprende el posible recurso a una cierta dosis de exageración, hasta de provocación”. Y la Corte Suprema de Justicia de Perú en sentencia del 2010 reconoció que “las críticas ásperas, casuísticas o ataques incisivos y poco gratos [son] necesariamente tolerables para afianzar la libertad de opinión y garantizar un debate público sobre asuntos de interés local en el manejo de las instituciones del Estado” Es más, hasta podría hacerles entender que ser abogado no me impide expresar mi opinión en mi tiempo libre y que el Código Disciplinario del Abogado sólo es aplicable mientras esté realizando mi trabajo como abogado (lease, relacionandome con clientes, litigando en un Juzgado o en general, interactuando con funcionarios en representación de intereses de clientes) Esto, hasta la misma Corte Constitucional lo dijo en Sentencia C-290 de 2008:

7.2. Aplicando esta doctrina al ejercicio de la profesión de abogado la Corte indicó que “frente al ejercicio de una profesión las normas disciplinarias deben establecerse con referencia a las funciones y deberes propios del respectivo hacer profesional, no en atención a la conducta personal que se agota en los linderos de lo privado, o que aún campeando en la arena de lo público no trasciende ni afecta el buen desempeño de la función”. Bajo los mismos supuestos, en procura del adecuado servicio profesional el Estado puede restringir el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad cuando quiera que con su conducta personal el profesional pueda causarle desmedro a la idoneidad esperada de él, o a las personas con que él se relacione en virtud de su gestión”.

De allí que la conducta del abogado no pueda ser reprochada válidamente “bajo el imperio de tipificaciones que no atienden la probidad de su ejercicio profesional, ni su responsabilidad frente a los clientes, y mucho menos la misión que le incumbe de cara al orden jurídico del país, sino sus opciones de vida personal, o hábitos ligados a su esfera estrictamente personal que normalmente se agotan en su mundo privado, lo cual entraña una irrazonable e innecesaria restricción del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

En esta perspectiva, los fines éticos del estatuto que regula el ejercicio de la profesión de abogado sólo pueden imponérsele a este profesional en relación con el desempeño de su actividad profesional, y no en el espectro de los comportamientos que él protagonice al margen de la misma”. [45].

Pero claaaaro, estos individuos no van a entender eso, aunque les pusiera el cúmulo de pruebas ante sus narices. Porque, como dijo José Ingenieros en «El Hombre Mediocre»:

José Ingenieros

Por ende, es inevitable que un colega reciba una denuncia sólo por regalar un libro en el que se satiriza la labor de los Jueces. Como lo dijo José Ingenieros, lo único que le importa a personajes como estos es mantener una sombra de perfección en la cual la exposición de cualquier hecho contrario a dicha sombra será atacado, como lo hizo en su momento la Iglesia Católica con todo aquel que expusiera los escándalos de pederastia dentro de esa organización.

Así que frente a estos actos de mediocridad disfrazados de denuncias, frente a esta abierta persecución de parte de funcionarios de la Rama Judicial a cualquier abogado que se atreva a señalar que «el emperador está desnudo», sólo queda una sola cosa: Resistir y dar la pelea con dignidad, y hasta el final. Al colega sólo le puedo decir que le brindo todo mi apoyo desde este espacio frente a una denuncia tan infundada, tan grotesca y en la cual un mediocre (en los mismos términos descrito por José Ingenieros en su fantástico libro) pretende usarlo como chivo expiatorio de la mala imagen que tiene la justicia en Colombia.

Como alguien lo dijo en un comentario, los abogados somos los únicos que conocemos de estas fallas, y estamos llamados a exponerlas. No sólo porque sea lo correcto, sino porque nuestros impuestos pagan los salarios de estos funcionarios y lo menos que podemos exigir es que a esos cargos lleguen los mejores, no hipersensibles que está más pendiente de iniciar cacerías de brujas y de hacer señalamientos sin fundamento sólo porque creyeron que un simple cargo los elevó al nivel de dioses intocables. En últimas, el papel de los abogados en la actualidad es el de recordarles a los abusadores del poder que se deben a nosotros.

7 respuestas a “Juez denuncia a abogado porque le regaló un libro”

  1. BUENAS TARDES DOCTOR
    Cordial saludo .
    Quiero que me oriente sobre un crédito de vehículo y libre inversión que saque en total $ 55.ya cancele más o menos $ 27 estoy ya en cobro jurídico con abogados externos del banco.ya amenazan con embargo ese vehículo es la única entrada económica de mi casa ..mi ex pareja me va a dar un dinero $17 por la convivencia que tuvimos mi hija etc..yo le propuse liquidar finalizar la deuda con dicha plata respondieron NO ROTUNDO entonces usted que me aconseja yo no puedo pagar cuotas altas que es lo que ellos quieren. .estoy insolvente. .me orientas gracias

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  2. El que la debe la teme y obvio habrá de sentirse perseguido aunque sea por un inocente regalo, está claro que el juez 25 no entendió la invitación literaria y el colega litigante le pidió peras al olmo, el mono aun cuando se vista de toga y birrete mono se queda

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  3. Increible con tanto trabajo de los juzgados, saquen tiempo para escribir ese tipo de denuncia solo porque se sientan aludidos. No me imagino si se les hubiese regalado una revista de condorito, minimo tutela.

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  4. Cordial saludo mi doctor Excelente articulo Tengo para comentarle un caso q estoy viviendo con una juez de familia de cali Me agradaria mucho poder exponerselo

    Gracias

    Maria del Pilar Calderon Castro

    Enviado desde mi Samsung Mobile de Claro

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