Categoría: Abogado en Cali

  • Que la pandemia no dañe tus ganas de salir adelante

    Que la pandemia no dañe tus ganas de salir adelante

    Mensaje dedicado a todas esas personas que hoy sienten que la situación que hoy nos asecha les está afectando. Hay gente que hoy no puede dormir por no saber qué pasará con sus empleos, sus deudas y sus relaciones personales. A todos ellos, hoy les dedico este mensaje, el cual pueden descargar aquí.

  • Anuncio: Medidas que tomo frente al Coronavirus

    Anuncio: Medidas que tomo frente al Coronavirus

    anuncio sobre el coronavirus abogados

    No es que sea famoso, o algo por el estilo, y realmente no me preocupa mucho el Coronavirus (más allá de lo que me preocupa una gripe común y corriente pero altamente contagiosa). Pero este anuncio lo hago porque me desenvuelvo en ámbitos que se ven afectados con la declaratoria del Ministerio de Salud y Protección Social, quienes mediante el Decreto 385 del 12 de marzo de 2020, declararon la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional.

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  • Un balance del 2018: ¿Qué nos deja el año que se va?

    Un balance del 2018: ¿Qué nos deja el año que se va?

    Este fue un año que nunca olvidaremos, y por ello quiero escribir este artículo para hacer un balance del año que se va. Este balance se hará desde las siguientes perspectivas:

    1. Resultados obtenidos en mi ejercicio profesional.
    2. Lo que nos dejó el 2018 en materia jurídica y legislativa.
    3. Lo que nos enseñó el 2018.
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  • Así era la ubicación de los juzgados de Cali en 2019

    Así era la ubicación de los juzgados de Cali en 2019

    Actualizado el 2020-02-04

    A partir del 16 de diciembre de 2019, los Juzgados Civiles Municipales, Civiles del Circuito, Laborales y de Familia se van a trasladar al Palacio de Justicia de nuevo. Por lo tanto, a partir de febrero de 2020 la nueva ubicación de los juzgados de Cali es el Palacio de Justicia Pedro Elías Serrano.

    NOTA: Esta entrada solo la dejo publicada para que nadie olvide lo duro que fue litigar después de la caía del ascensor en el Palacio de Justicia de Cali.

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  • Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura Del Valle pondrá a sus empleados a subir escaleras

    Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura Del Valle pondrá a sus empleados a subir escaleras

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    (Imagen tomada de El Tiempo.com)

    NOTA AL 7 DE OCTUBRE DE 2018: El Consejo Superior de la Judicatura decidió mover los despachos. En esta nota le indico cuál es la nueva ubicación.  Así que el presente artículo será testimonio de la forma tan poco inteligente con la cual quisieron resolver ese problema.

    Así ha quedado establecido en el plan de contingencia para la habilitación del Palacio de Justicia.

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  • Bienvenido, 2016

    Bienvenido, 2016

    Y como ya es tradición en este espacio, les deseo un próspero año 2016 a usted y a su familia, y les agradezco enormemente el apoyo que me han brindado en este blog. De verdad que ha sido maravilloso, sobre todo en el 2015: Ese fue el mejor año para el blog y para este servidor desde un punto de vista no sólo profesional, sino también en otros asuntos.

    Este año será un año clave para mí: Si bien no soy supersticioso, los años terminados en 6 han sido para mí años en los cuales se definen muchísimas cosas en mi vida, por lo cual suelen ser algo “complejos” desde un punto de vista emocional a pesar de que suelen terminar siempre de manera demasiado positiva. Sé que este año no será la excepción, por lo cual espero aprender cositas de las “dificultades” que se me presenten.

    Eso sí, presiento que este año será aún mejor que 2015.

    Así mismo, y como lo he dejado claro a lo largo de 2015, he iniciado con la labor de denunciar jueces civiles municipales que se han atrevido a pasar por encima del régimen de insolvencia. Dicha labor no sólo continuará este año, sino que otros conciliadores nos uniremos en un gremio que nos permitirá crear un frente común para contrarrestar esos abusos (del cual, según parece, seré presidente). Es que por más investidura que tenga un Juez este no deja de estar sujeto a unas normas que, si no cumple, le traen graves consecuencias.

    Si bien, no puedo informar a cuáles jueces he denunciado hasta ahora, creo que ustedes se enterarán de quienes han sido por otras fuentes. Una vez más se advierte que si estos jueces tomen represalias contra mí, que estoy seguro no serán profesionales (dado el prontuario de algunos de ellos), se publicarán todos los datos que tengo de ellos hasta ahora y las razones por las cuales esos jueces fueron denunciados, así que si esos jueces están leyendo esto, procuren que no me vaya a morir ni de gripe.

    En cuanto al servicio, les tengo excelentes noticias a mis usuarios:

    1. El servicio se prestará de manera diligente y con profesionalismo, ¡como se ha venido haciendo en los últimos 5 años!

    2. A partir de este año, ¡podré asesorarlos en materia tributaria! (inicialmente impuestos nacionales (IVA y Renta, y por ende, en rete Fuente; y predial de Cali)

    3. No subiré el valor de la consultas jurídicas especializadas (Vamos!, que todo suba, menos las consultas)

    4. Ya no responderé sólo a 5 preguntas gratuitas diarias, sino a 7!!

    5. Según como se desenvuelva este año, que no pinta muy bien según los analistas, escribiré artículos no sólo jurídicos, sino también sobre temas que pueden servirle de motivación en la vida diaria a abogados recién egresados y a otras personas. Esto, con la autoridad que me dan 5 años de ejercicio profesional como abogado independiente y conciliador en Insolvencia de la Persona Natural No Comerciante.

    Los números claves del 2016:

    Salario mínimo para el 2016: $689.455 (créame, con el alza del dólar y el fenómeno del niño, ese salario no le servirá para nada)

    Auxilio de transporte para el 2016: $77.700 (es oficial: Ese auxilio no es para que monte en bus, es para que se compre una moto y le llene el tanque con eso)

    UVT 2016: $29.753

    Tasa de interés E.A para créditos de consumo y ordinarios hasta marzo de 2016: 19.68%

    Tasa de usura para créditos de consumo y ordinarios hasta marzo de 2016: 29.52%

    Tasa de interés microcrédito hasta septiembre de 2016: 35.42%

    Tasa de usura microcrédito hasta septiembre de 2016: 53.13%

    Tasa de interés para créditos de consumo de bajo monto hasta septiembre de 2016: 34.77%

    Tasa de usura para créditos de consumo de bajo monto, hasta septiembre de 2016: 52.16%

    Este será un excelente año, además de un año clave: lo presiento!

  • Cinco normas estúpidas que existen actualmente en Colombia

    Cinco normas estúpidas que existen actualmente en Colombia

    Así como el infierno, el ordenamiento jurídico colombiano está empedrado de buenas intenciones provenientes de personas que quieren hacer las cosas bien cuando están en el poder. Buenas intenciones que nacen, además, del desespero y la impotencia por prevenir una problemática coyuntural ante la ineptitud del Estado Colombiano para controlarla.

    Pero el problema con las buenas intenciones es que nunca nos permiten dimensionar los alcances de las medidas a tomar. Ni siquiera se permite que las medidas a adoptarse sean examinadas con cabeza fría o contrastandolas con las evidencias, so pena de ser señalado como una “persona negativa” (término que utiliza la chusma mediocre para señalar a quien se opone a su visión utópica del “mundo feliz”) o de ser el presunto culpable de una dilación mortal a la aplicación de una solución que, a prima facie, hasta podría salvar vidas.

    Sin embargo, más allá de esas buenas intenciones y de lo que pensaban (o se fumaron) las personas que las hicieron posibles,  existen en Colombia un montón de leyes, decretos, ordenanzas y otras normativas que rigen nuestras vidas que nos deben obligar a pensar sobre lo que queremos del Estado Colombiano, lo que estamos dispuestos a sacrificar por obtener algo de seguridad y sobre la forma como se está legislando en Colombia.

    Y ojo, no me refiero aquí a supuestas leyes “estúpidas” que hubo en el país hace mucho tiempo, y que fueron derogadas hace un par de años. Esas leyes, por cierto, se entienden claramente en el contexto en el cual nacieron y tuvieron en su momento más lógicas que las normas que mencionaré a continuación.

    Advierto, además, que aquí no sólo hablaré de leyes sino de normas en el sentido abstracto, lo cual incluye Decretos, ordenanzas y hasta simples directivas de seguridad.

    Sin más preámbulos, les presento las 5 normas más estúpidas de Colombia, en mi humilde opinión:

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  • Feliz 2015

    Feliz 2015

    Y como ya es tradición en este espacio, les deseo un próspero año 2015 a usted y a su familia, y les agradezco enormemente el apoyo que me han brindado en este blog. De verdad que ha sido maravilloso.

    Ante todo, y a diferencia del año pasado, este año me comprometo a escribir más en este espacio, ya que el año pasado fue más bien flojo y no me gustó tampoco la calidad de lo que escribí. Es más, sentí que la única sección que quedó bien alimentada fue la de los Juzgados de la Vergüenza, que entre otras cosas, me ha traído “problemas” por cuenta de algunos funcionarios judiciales arenosos a los que no les gustó lo que ahí se ventiló, lo cual quiere decir que voy por buen camino.

    No obstante, tampoco negaré la labor titánica de algunos juzgados que SI saben aplicar el derecho de manera contundente y respetuosa con la Constitución y el ordenamiento Jurídico vigente, incluso en contra de intereses particulares y “poderosos” que buscan distorsionar el ordenamiento jurídico para recaudar migajas (*cough, cough, Bancos, cough, cough**), por lo que deseo crear una sección llamada “Los Juzgados del Triunfo”. Para ello les agradezco si me envían al correo los autos y las sentencias en donde se observe una impoluta aplicación del derecho, para ser publicadas aquí.

    Los números claves del 2015:

    Salario mínimo para el 2015: $644.350

    Auxilio de transporte para el 2015: $74.000 (aun me pregunto por qué diablos se llama auxilio de transporte, si más bien parece una limosna)

    UVT 2015: $28.279

    Tasa de interés E.A hasta marzo de 2015: 19.21%

    Tasa de usura hasta marzo de 2015: 28.82%

    Tasa de interés microcrédito hasta septiembre de 2015: 34.81%

    Tasa de usura microcrédito hasta septiembre de 2015: 52.22%

    Tasa de interés para créditos de consumo de bajo monto hasta septiembre de 2015: 31.96%.

    Tasa de usura para créditos de consumo de bajo monto, hasta septiembre de 2015: 47.94%

    Aumento en el pasaje del MIO en Cali será de $1.700

    Este será un gran año, lo presiento!

     

  • Se crean nuevos juzgados en zonas apartadas de Cali

    Se crean nuevos juzgados en zonas apartadas de Cali

    Por fin el Consejo Seccional de la Judicatura está tomando decisiones inteligentes que, les aseguro, mejorará enormemente la calidad de vida de las personas que habitan en los sectores  donde fueron creados esos juzgados.

    Los Juzgados estarán ubicados en Siloé y en Aguablanca, y serán juzgados de pequeñas causas y competencias múltiples

    Encontrarás las direcciones de estos juzgados aquí

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  • Mi experiencia en el Palacio de Justicia

    Mi experiencia en el Palacio de Justicia

    Hoy, después de casi seis años, por fin abrieron el Palacio de Justicia de Cali: Un edificio hecho a las patadas en el peor lugar habitable de esta linda ciudad. Si no fuera porque es un edificio necesario en la ciudad, sería un elefante blanco.

    Pero no se trata de criticar porque no todo es malo. Hoy, y debido a que tenía varias cosas que hacer en los juzgados, decidí hacer un poco de turismo por ese edificio, y lo que encontré me sorprendió.

    La peor distribución posible.

    Comencemos por lo malo. El edificio parece que fue distribuido por imbéciles gente que no tiene la menor idea sobre prestación de servicio. Todos los juzgados más utilizados (laborales, civiles, familia y penales) están en los últimos pisos de esa torre, mientras que las salas de audiencias están ubicadas en los pisos inferiores. Este es el resultado:

    Esa foto la tomé hoy a las 3:41 de la tarde, cuando me desocupé de todo mi trabajo. La fila que ven ustedes es la fila PARA ENTRAR AL EDICIO, la cual es básicamente la prolongación de la fila para usar los ascensores. Esta es una fila que, en principio, no debería de ser tan larga, pero esto está ocurriendo por dos razones:

    1. Porque el edificio no está totalmente terminado: Aún falta la torre A, la más pequeña, y la fachada original no está habilitada, por lo cual esa incomoda entrada será lo que tendremos los usuarios por los próximos 5 años, si de pronto no ponen otra bomba.

    Como dato cultural, si se fijan bien, el edificio ya está siendo rayado, a pesar de estar recién pintado. Supongo que eso pasa cuando construyes edificios con pretensiones de ser emblemáticos en la peor parte de la ciudad para construir. Es como poner un televisor LED de última generación en el baño.

    2. Porque, como ya les dije, la distribución no fue la más indicada. Si los juzgados que más utiliza la gente hubieran quedado abajo, como era antes, el ascensor no se congestionaría porque más gente usaría las escaleras (o gradas, como se llamen), pero los “genios” que reorganizaron la distribución del edificio decidieron reorganizar los Juzgados así:

     

    Bueno, tal vez estas personas no son tan brutas. Quizá son iluminados con inteligencia superior en un mundo que no los comprende. Tal vez algún día entenderemos por qué decidieron que la gran mayoría de usuarios del edificio, entre los que se encuentran ancianos y mujeres embarazadas, deben hacer una fila de 15 minutos para tomar un ascensor que los lleve al séptimo piso, donde están los juzgados de familia. O tal vez algún día la historia les agradecerá por poner las salas de audiencias en los pisos inferiores, aumentando el riesgo de fuga de los presos que van a allá para sus audiencias.

    Mi gran temor: La oficina de reparto.

    Durante la reparación del Palacio de Justicia, me acostumbré a usar la antigua oficina de reparto. Como nunca ejercí el derecho en el Palacio de Justicia, jamás supe lo que era la oficina de reparto de ese edificio, de la cual muchos abogados hablaban con desprecio, principalmente porque quedaba ubicada en plena calle. Hoy, luce más o menos así:

    De antemano disculparán el pésimo trabajo de reportería gráfica, pero VAMOS!, que no soy periodista, soy Abogado (y eso que uno con un gran camino por delante)

    Como ven, hay muchos ciudadanos sentados. Los que están de pie esperan el ascensor QUE ES PARA LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES. El otro ascensor, que está detrás de la pared, está más congestionado que un MIO.

    Esto me hace preguntar si perderé mucho tiempo radicando las demandas. Si alguien radicó una demanda sería bueno que nos dijera cuánto me demoré.

    Pero no todo es malo

    El edificio, sorprendentemente, está totalmente climatizado. Es más, las ventanas no se pueden abrir. Esto hace que ir a ese lugar sea una experiencia agradable. Eso si, los funcionarios no se veían muy contentos (o al menos no percibí eso) a pesar que que sus niveles de amabilidad alcanzaron niveles sorprendentes, seguramente gracias al aire acondicionado.

    Ese “aclimatamiento” del edificio, en la práctica quiere decir que, aunque subas corriendo las gradas para ir al piso 17 jamás vas a sudar, aunque te cansarás más rápido. Y que, si eres hombre, podrás ir de saco y corbata a la vieja usanza. Atrás quedaron esos seis años en los que los abogados caleños ejercíamos prácticamente con guayaberas (yo incluso pensé ir en pantaloneta, pero el pudor me ganó).

    Claro que hay cosas que hay que mejorar. En primer lugar, nunca recibí la menor señal de WIFI desde mi celular cuando estuve en ese edificio. Aunque el plan de datos si me funcionaba bien. Sería bueno que incluyeran una señal gratuita de WIFI para los usuarios del Palacio, cosa que sería de gran ayuda para muchos abogados (en especial los abogados jóvenes y tacaños con el plan de datos como yo).

    Así mismo, sería excelente si el Gobierno se mete la mano al bolsillo y recupera el sector que rodea al Palacio de Justicia, que luce así desde la altura.

    Y eso que no tomé una foto del lado donde está el Calvario, la olla de Cali que queda justo al frente.

    ¿Será el fin de las incomodidades para la justicia?

    En resumen, el edificio me parece incomodo para entrar, pero muy cómodo para quien necesite estar mucho tiempo en él metido. No le tomé fotos a los juzgados, porque me dio pena pedir permiso para algo tan banal. Pero puedo decirles que la atención de quienes trabajan en ellos se nota más amable, aunque las oficinas son pequeñas (se achican más porque vienen con un archivador gigante que ocupa medio espacio) y se ve el mismo apiñamiento de procesos regados por cualquier lado. Eso, sumado a que tienes que pelearte por el espacio para poder apoyar el expediente mientras lo consultas, es algo casi que endémico en la Rama Judicial, así que sólo diré que a lo mejor los diseñadores del edificio lo dejaron como un recordatorio de nuestra administración de justicia es del tercer mundo, a pesar de la opulencia que la pueda rodear de vez en cuando.

    En todo caso, vale anotar que a partir de este mes muchos Juzgados se prepararán para trabajar bajo la oralidad de la Ley 1395 de 2010, para posteriormente trabajar bajo el Código General del Proceso. Por lo cual opino que los juzgados fueron diseñados para funcionar bajo un sistema oral, donde ya no se necesita tanto espacio físico. 

    Para terminar, como abogado, y como ciudadano, sólo espero que ese edificio venga acompañado de una mejor infraestructura tecnológica, para que así la justicia pueda funcionar en el Siglo XXI de una vez por todas. Además, espero que hayan más ascensores disponibles, mayor seguridad alrededor del edificio (que como ya les dije, está en un sector deprimido de la ciudad) más fotocopiadoras para la gente (porque sólo hay una disponible para los usuarios, y está en el piso noveno, hasta donde sé) y el bendito WIFI, que hoy es taaaan necesario…

  • ¿Qué hago cuando no puedo pagarle a un abogado?

    ¿Qué hago cuando no puedo pagarle a un abogado?

    Aunque a muchos abogados les encanta pensar lo contrario, los colombianos del común no son ningunos estúpidos y se pueden defender solos. Una abrumadora mayoría de persona en este país sabe cuándo algo está bien o está mal sin necesidad de perder el tiempo en una carrera como Derecho, que está condenada a convertirse más en una extensión de la Sociología o de la Antropología y menos en una carrera realmente útil. Inclusive, por circunstancias de la vida muchas personas saben más de derecho que los mismos abogados y lo único que necesitan es un cartón para ejercer la profesión.

    El problema es que la gente percibe que ejercer y hacer respetar los derechos propios en Colombia requiere “siempre” pagarle a un abogado, y lo cierto es que mucha gente, sea por falta de recursos o desconfianza, no está dispuesta a hacerlo.

    Y como esa percepción es bastante frecuente entre quienes acuden a las consultas gratuitas que este servidor intenta responder, se hace necesario que la ciudadanía conozca, en primer lugar, que no en todos los procesos judiciales se necesita de representación de un abogado ASÍ ESTOS LE DIGAN LO CONTRARIO.

    Y no sólo eso, sino que en muchos de esos procesos usted podría obtener representación gratuita si acude a los Consultorios Jurídicos de las universidades que tienen facultades de Derecho legalmente reconocidas por el Estado Colombiano.

    No en todos los proceso se necesita estar representado por un abogado.

    Lo cierto es que, en teoría, esto no debería de ser un secreto,porque existe desde hace mas de 40 años gracias al Decreto 196 de 1971. Este Decreto, que no es más que el viejo estatuto de la abogacía, ESTABLECE LAS SITUACIONES EN LAS CUALES UNA PERSONA MAYOR DE EDAD NO REQUIERE DE ABOGADO (artículo 28 y 29 del Decreto 196 de 1971):

    1. Para presentar Derechos de Petición: El derecho de petición es básicamente el derecho fundamental que usted tiene para enviarle una cartica a una autoridad pública (o a una empresa privada, como la compañía de telefonía celular) para quejarse de algo, hacer un reclamo o pedir información adicional (por mencionar los usos más comunes). Aquí, el único trabajo del abogado es redactar bien esa cartica y llenarla de puras citas de normas o jurisprudenciales para impresionar más y sacarle dinero por algo que usted perfectamente pudo hacer.
    2. Para ejercer acciones públicas consagradas en la Constitución y las leyes: Aquí básicamente encontramos la acción de tutela, las acciones de habeas corpus, la antigua vía gubernativa, los plebiscitos, los referendos, las acciones populares y de grupo, entre otros.
    3. Para tramitar procesos de mínima cuantía: TODOS LOS PROCESOS!, desde procesos de responsabilidad médica hasta simples procesos ejecutivos se pueden tramitar en causa propia sólo si su cuantía (el valor de lo que usted pretende) es menor a 40 salarios mínimos legales, que al 2013 vienen siendo $23.580.000. Esto quiere decir que si, por ejemplo, alguien le prometió pagarle esa letrica de cambio por $500.000, o alguien estrelló su carro y el arreglo vale $100.000 y aun no se los pagan, entonces usted podría acudir por su cuenta a los juzgados para hacer valer sus derechos.
    4. Para las diligencias administrativas de conciliación y en los procesos de única instancia en materia laboral. Lo mismo, si le deben sus prestaciones sociales y son más bien pocas, entonces es libre de acudir a los juzgados laborales. En cuanto a las diligencias administrativas de conciliación, en mi ignorancia diría que ese aparte de la norma está en desuso porque la Ley 640 de 2001 permite iniciar toda conciliación extrajudicial sin necesidad de abogado.
    5. En los actos de oposición en diligencias judiciales o administrativas, tales como secuestros, entrega o seguridad de bienes, posesión de minas u otros análogos. Pero la actuación judicial posterior a que de lugar la oposición formulada en el momento de la diligencia deberá ser patrocinada por abogado inscrito, si así lo exige la ley.

    Además, tengamos en cuenta el artículo 29 del mismo Decreto:

    ARTICULO 29. También por excepción se podrá litigar en causa propia o ajena, sin ser abogado inscrito, en los siguientes casos:

    <Jurisprudencia – Vigencia>

    1o. En los asuntos de que conocen los funcionarios de policía que se ventilen en municipios que no sean cabecera de circuito y en donde no ejerzan habitualmente por lo menos dos abogados inscritos, circunstancia que hará constar el funcionario en el auto en que admita la personería.

    2o. En la primera instancia en los procesos de menor cuantía que se ventilen en municipios que no sean cabecera de circuito y en donde no ejerzan habitualmente por lo menos dos abogados inscritos. El juez hará constar esta circunstancia en el auto en que admita la personería.

    Se entiende que un abogado ejerce habitualmente en un municipio cuando atiende allí oficina personalmente y de manera regular, aunque no resida en él.

    Y no olvidemos que hay otros procesos donde no se requiere de abogado, como:

    1. Los procesos de alimentos ante la jurisdicción de familia: siempre y cuando respete las cuantías de las que ya hablé
    2. Los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de abogados, conciliadores, árbitros o de servidores públicos.
    3. Los procesos de Insolvencia de Persona Natural No comerciante.

    ¿Y qué son los Consultorios Jurídicos?

    Los Consultorios Jurídicos son oficinas que tienen todas las universidades que enseñen Derecho en su pensum que nacen por mandato expreso del Decreto 196 de 1971 y en los cuales sus estudiantes, que se convierten en “abogados de pobres” realizan sus prácticas académicas con los casos que llegan a dicho lugar.

    Obviamente no todos los casos son competencia de un consultorio jurídico. Según el articulo 30 del Decreto 196 de 1971, los Consultorios Jurídicos sólo conocen de los siguientes procesos:

    1. En los procesos penales de que conocen los jueces municipales y los fiscales delegados ante éstos, así como las autoridades de policía, en condición de apoderados de los implicados.

    2.<Numeral CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> En los procesos penales de competencia de la jurisdicción ordinaria, como representantes de la parte civil.

    3. De oficio, en los procesos penales como voceros o defensores en audiencia.

    4.<Numeral CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> En los procesos laborales, en que la cuantía de la pretensión no exceda de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes y en las diligencias administrativas de conciliación en materia laboral.

    <Jurisprudencia Vigencia>

    5.<Numeral CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> En los procesos civiles de que conocen los jueces municipales en única instancia.

    <Jurisprudencia Vigencia>

    6. En los procesos de alimentos que se adelanten ante los jueces de familia.

    7.<Numeral CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> De oficio, en los procesos disciplinarios de competencia de las personerías municipales y la Procuraduría General de la Nación.

    <Jurisprudencia Vigencia>

    8.<Numeral CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> De oficio, en los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías municipales, distritales, departamentales y General de la República.

    <Jurisprudencia Vigencia>

    9.<Numeral CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE> De oficio, en los procesos administrativos de carácter sancionatorio que adelanten las autoridades administrativas, los organismos de control y las entidades constitucionales autónomas.

    Además, otras normas posteriores han añadido más procesos a su “amplio” abanico de servicios, entre los que se encuentra el Procedimiento de Insolvencia de Persona Natural No comerciante, siempre que no exceda la cuantía de 100 salarios mínimos.

    En Cali existen varios Consultorios Jurídicos a los cuales usted puede acudir, como el de la Universidad Libre, o el de la Universidad Santiago de Cali (que son muy buenos y llevan años abiertos), el de la Universidad Javeriana es excelente (de ahí fue donde me gradué), pero se pasa por la faja la norma porque, extrañamente, no conoce de procesos penales.

    Ah, y como bien lo dice la norma, no todas las personas son aptas para recibir los servicios de un consultorio jurídico. Como se trata de un servicio para las personas de escasos recursos, usted debe de cumplir los siguientes requisitos:

    1. Su proceso no puede superar la cuantía mínima exigida (en especial en materia laboral, que expresamente es de 20 salarios mínimos)
    2. Usted debe de vivir en estrato 1, 2 o 3.

    Encontrará más información sobre los consultorios jurídicos en este excelente artículo de Finanzas Personales.

    No todo es color de rosa con los consultorios jurídicos:

    Como bien pudieron leer, el consultorio jurídico de mi alma mater no está tramitando procesos penales. Sin embargo, ese no es el único caso, ya que de hecho se repite en muchas universidades de renombre. Pero en general, en un consultorio jurídico ocurrirán algunas de las siguientes cosas:

    1. Se demoran mucho en conocer su caso. Algunas veces tendrá que esperar 15 días para que le den cita o tendrá que acudir más de una vez.
    2. Los consultorios jurídicos (o al menos el de la Universidad Javeriana de Cali) no asumen los costos derivados de trámite de un proceso (como las fotocopias y la correspondencia).
    3. Como se trata de estudiantes que cumplen un prerrequisito, su caso será atendido por al menos 5 abogados durante el tiempo que dure el trámite. 5 abogados = 5 sustituciones de poder = 5 enfoques distintos = 5 niveles de responsabilidad.
    4. Y el peor de todos: usted será atendido por estudiantes, lo que en términos generales quiere decir niñitos que pasan exámenes con trampa, que deben preocuparse por cumplir sus deberes académicos mientras llevan su caso, que lo tramitarán por obligación y no por vocación de servicio y además, no tienen ni idea de lo que están haciendo así su universidad sea la mejor de Colombia.
    5. (añadido el 3 de febrero de 2015) Además, me he enterado de buena mano que en consultorios jurídicos, como el de la Universidad Libre y el de la San Buenaventura, algunos estudiantes deciden enviar a las personas de manera fraudulenta a donde abogados particulares para que estos les resuelvan lo que esos estudiantes deberían de resolverle. Obviamente esos profesionales les van a cobrar.