Esta nota la iba a realizar inicialmente sobre el Juzgado 23 Civil Municipal de Cali (de lejos, el mejor Juzgado de Cali, según algunos usuarios) por la apertura de su cuenta de Twitter para anunciar los estados judiciales. Sin embargo, bastó una pequeña búsqueda para que tuviera que cambiar todo lo escrito. Por lo que hoy les hablaré del Juzgado 5 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá, y de su excelente manejo de una herramienta como Twitter.
(más…)Autor: Abogado Juan Carlos Muñoz
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Los Juzgados de la Vergüenza: Hoy, el Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena.
Los errores conceptuales y el derecho comparado mágico no sólo están presentes en Cali y en las decisiones escatológicas que toman algunos de sus disque jueces, sino que se extienden a todos los rincones de este pseudo país que, de manera inexplicable, fue calificada como el país del año por la Revista The Economist: Como ejemplo ponemos hoy al Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena y a su cochina percepción sobre lo que son los recursos públicos del Estado.
Y es que gracias a este Despacho, los Parafiscales destinados al ICBF ahora no son del Estado, lo que es igual a decir que no son recursos públicos.
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Cinco trucos para NO gastar de más en Navidad
Artículo tomado de este enlace, y compartido por su importancia para que, en esta navidad, usted no sea un próximo deudor en insolvencia.
Y es que es muy común que personas se endeuden en exceso en esta época (celebrada para rendir homenaje a un carpintero mágico que, por demás, no nació en diciembre sino en abril, si es que realmente existió) con el fin de comprar regalos y otras cosas que no sólo no necesitan, sino que pueden comprar más económicas en otras épocas del año. De ahí la importancia de prevenir cualquier conducta que le haga necesitar la asesoría de un abogado como yo más adelante.
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Mucho cuidado con lo que le firma a un Banco
Si no lee lo que está firmando, le puede pasar esto que le pasó a una persona que consultó en el blog.
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Las 5 cosas que usted pensaba que afectan su historial crediticio, pero no
Artículo tomado de Finanzas personales. Lo comparto por su gran importancia.
Muchas personas tienen conocimiento de las consecuencias de no pagar sus deudas a tiempo o entrar en mora, ya que eso puede traducirse en un reporte negativo a su historia crediticia.
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La Garantía en el Estatuto del Consumidor

Fundamentos legales:
- Ley 1480 de 2011 (estatuto del consumidor)
- Decreto Nro. 735 de 2013 (incluido en el Decreto 1074 de 2015, artículo 2.2.2.32.1.1)
- Circular externa 18 de julio 2011
¿Se acuerdan que les dije que actualizaría este artículo? Pues hoy les demuestro que este servidor si cumple con sus promesas.
Por ello los invito a un viaje fantástico en el maravilloso mundo de las garantías contenidas en el Estatuto del Consumidor. Estoy seguro que en este viaje usted aprenderá a defenderse un poquito mejor de los posibles abusos que enfrentará si compra algún producto (desde un yogurt hasta un carro). Así que abrochen sus cinturones y comencemos.
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¿Quiere saber cómo hacer el traspaso de su carro? Aquí le explico.
Actualizado el día 30 de julio de 2018
Normatividad aplicable: Ley 769 de 2002, artículo 40; Resolución 4775 de 2009, Resolución 10028 de 2012 y Resolución 4098 de 2015.
¿No sabe cómo hacer el traspaso de un carro? ¿Cometió la peor burrada de su vida y realizó un traspaso abierto? ¿Le vendió el carro a su tío y ahora no le quiere firmar los documentos para el traspaso? Pues entonces llegó al lugar correcto.
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La garantía mínima presunta en el Estatuto del Consumidor.

Artículo publicado en el Diario Occidente de Cali, en agosto 17 de 2011. Lo volví a publicar porque merece ser actualizado. Esto lo estaré haciendo en el transcurso de esta semana.
Actualización del 21 de noviembre de 2016. Lo hice, pueden consultar la entrada actualizada aquí https://munozmontoya.wordpress.com/2016/11/21/la-garantia-en-el-estatuto-del-consumidor/
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Los Juzgados de la Vergüenza: Hoy, el Juzgado 3 Civil del Circuito de Cali
Hoy les contaré la historia de cómo el Juzgado 3 Civil del Circuito de Cali, junto con el Tribunal Superior de Cali y el Juzgado 8 Civil Municipal de la misma ciudad, le negaron el acceso a la justicia a una deudora que se acogió al régimen de insolvencia de la persona natural no comerciante porque no tenía bienes.
Si, así como lo leyó amable lector: Ahora resulta que los enemigos del régimen de insolvencia nos quieren hacer creer que sólo aquellos que tengan bienes pueden acceder a la justicia.
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¿Son malas las reparadoras de crédito?
Este artículo también está disponible en formato podcast https://www.spreaker.com/episode/43642497
Desde hace un par de años he recibido en este espacio consejos sobre una empresa que ha llegado a Colombia y que ofrece a los deudores morosos pagar sus deudas hasta con el 70% de descuento de capital, incluso reparando su reporte negativo.
¿Suena bien, verdad? Pues aquí expondré la realidad de esta empresa, la legalidad de lo que ofrece y su efectividad frente a otras alternativas disponibles en el ordenamiento jurídico colombiano.
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Los Juzgados de la Vergüenza. Hoy, el Juzgado 34 Civil Municipal De Cali
Porque todo puede ser peor.
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Señor Conciliador: Mucho cuidado con lo que está aprobando
La Corte Constitucional acaba de dejar claro que una Conciliación jamás debe vulnerar derechos fundamentales:
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No siempre una denuncia penal que no es tenida en cuenta deriva en responsabilidad civil
Como existen personas que temen denunciar a alguien penal, o disciplinaria, por las represalias que dicha denuncia generaría en caso de ser desestimadas por el ente investigador competente, comparto este artículo de Ámbito Jurídico bastante interesante.
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¿Se pueden fraccionar obligaciones para iniciar un proceso monitorio por una cuantía mayor a la permitida?
Actualizado el 28 de noviembre de 2018
Jenny, una comentarista de este blog, me hizo esta pregunta, referente a los procesos monitorios, que hoy intentaré responder:
(más…)BUENOS DIAS DOCTOR, UNA PREGUNTA QUE PASA SI LA OBLIGACIÓN SUPERA LOS 40 SMLV SE PUEDEN HACER DOS O VARIOS PROCESOS MONITORIOS CON EL PROPÓSITO DE FRACCIONAR DICHA CIFRA, SIN QUE EL JUZGADO RECOPILE TODA LA INFORMACIÓN Y DEJE UN SOLO PROCESO
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Cómo iniciar un proceso de muerte presunta o de declaratoria de ausencia.
O mejor dicho: Lo que debe hacer si no vuelve a tener noticias de un ser querido.
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Hablemos del nuevo Código de Policía

Actualizado el 18 de julio de 2018
Con la promulgación de la Ley 1801 2016, se hace necesario hablar de este nuevo Código porque afectará de sobremanera muchas actividades de nuestro día a día.
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El nuevo Código de Polícia incluye un gran avance en materia de prostitución.

Actualizado el 21 de julio de 2020
Leyendo el Informe de Conciliación al Proyecto de Ley 256 de 2016 Cámara, 99 de 2014 Senado, me acabo de llevar una grata sorpresa con lo que se viene en el nuevo Código de Policía, que no es nada menos que el reconocimiento por parte del Estado Colombiano de que la prostitución es una actividad legal y que requiere especial protección del estado
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De ahora en adelante, tenga esto en cuenta cuando abra una cuenta de ahorros
La nueva Ley de costos financieros (Ley 1793 de 2016) de entrada le garantiza a usted los siguientes derechos frente a los bancos (cuando abra, o si tiene, cuentas de ahorro):
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Lo que debe tener en cuenta si no quiere prestar servicio militar obligatorio por ser objetor de conciencia
Actualizado el 16 de noviembre de 2019
Mediante la sentencia de unificación SU-108 de 2016, la cual aún no ha sido expedida sino que fue dada a conocer vía comunicado de prensa, la Corte Constitucional estableció lo siguiente:
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Uber y su regulación: Este tema va más allá de permitir una simple plataforma.

Actualizado el 22 de julio de 2016
ATENCIÓN: Este es un blog jurídico, y por ende este tema se aborda desde esta perspectiva. Si usted es de los clásicos Uberlievers que defiende a su amada aplicación sólo porque prestan un buen servicio, los taxistas son malos y Uber es bueno, y no le importa la regulación sino que lo dejen tranquilo con su Uber, pues le cuento que este artículo NO es para usted.
Por ende, le pido de manera cordial que si va a aportar su opinión al respecto, por lo menos lea el artículo para que se de cuenta que aquí no se habla de si Uber debe, o no debe, prohibirse. Creeme, eso le servirá para no hacer el ridículo como el sujeto que comentó este artículo primero.
Uber es un fiasco. Y no lo digo porque esté operando bajo un marco de ilegalidad por culpa del gobierno (que ha fallado no sólo en no regularlos sino además en permitir que operen como lo hacen actualmente) sino por la forma en que opera en Colombia y la forma en que traslada el riesgo de sus usuarios a sus conductores.
Por lo anterior, es que el tema de Uber va más allá de la clásica discusión de la «economía colaborativa» y de si el «maléfico» estado debe permitir todos los emprendimientos de este tipo, so pena de parecer un país atrasado tecnológicamente: Estamos frente a un debate con relevancia jurídica que debe abordarse a partir de la legislación actual, a fin de conocer exactamente cuál es la posición de este tipo de servicios en Colombia y las implicaciones jurídicas de su operación irregular.
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