Como saben todos mis más fieles lectores, desde hace más de un año vengo denunciando una vagabundería vía de hecho que ha estado haciendo carrera entre algunos Juzgados Civiles Municipales de Cali, consistente en negar el acceso a la Justicia a deudores que se acogen al régimen de insolvencia de la Persona Natural No Comerciante por el hecho de no tener bienes. Dicha postura ha sido usada de manera descarada por estos Juzgados en contra de personas en un verdadero estado de postración ante sus deudas, y ante la vida en general, por lo que ha sido denunciada en consecuencia como el vulgar delito que es.
Por esta razón, sorprende encontrar Juzgados que se apartan de dicha postura y hacen respetar el tenor literal de la norma, más allá de lo que quieran creer los acreedores y hasta el mismísimo Tribunal Superior de Cali en Sala Civil sobre la materia. Y hoy resaltamos al Juzgado 35 Civil Municipal de Cali como uno de estos Juzgados.
Una aclaración: este mismo Juzgado fue incluido en el año 2015 dentro de mis sección de los Juzgados de la Vergüenza por cuenta de un infame fallo que pueden consultar aquí. Pero este Juzgado cambió de operador Judicial, de tal suerte que ahora estamos ante un Juzgado completamente distinto al del artículo de marras.
(más…)
















